INS. EDU. EL SALVADOR/MANUAL

Friday, July 14, 2006

MANUAL DE CONVIVENCIA

MANUAL DE CONVIVENCIA
INSTITUCIÓN EDUCATIVA EL SALVADOR


CAPÍTULO I

FILOSOFIA, MISIÓN, VISIÓN, OBJETIVOS, PERFILES, PRINCIPIOS, VALORES Y FINES.



Articulo 1º FILOSOFIA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA EL SALVADOR

1. ¿QUIÉNES SOMOS?

Somos un establecimiento Oficial, Ubicada en el barrio el Salvador, la cual cuenta con dos sedes, anteriormente llamados : Colegio Municipal el Salvador y La escuela José de San Martín y quienes para beneficiar a la comunidad se han unido, con e fin de crecer y servirle a la comunidad. Creándose así:

LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA EL SALVADOR

Nosotros pretendemos trabajar en la transformación de la tarea pedagógica, formando a través del amor, el respeto, la convivencia pacifica y la formación en los procesos de asimilación, apropiación y proyección de competencias, potencialidades, habilidades, destrezas, valores, sentimientos y convicciones en la personalidad de nuestros(as) estudiantes, con el fin de que ellos(as) se integren de manera real , consciente y eficiente a su contexto, lo que les permitirá ser protagonistas de su propio COMPROMISO de vida y hacer una lectura de su mundo social, identificando sus necesidades y fortalezas y participando en la solución y transformación de las mismas.


2. FILOSOFÍA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA EL SALVADOR
Nuestra institución tiene como filosofía brindar una educación integral para niños(as) y Adolescentes, basada en el desarrollo de los valores para la convivencia social y teniendo en cuenta nuestra razón de ser, que se consolida en la dignidad del ser humano, en el amor, el respeto en todas sus dimensiones, la solidaridad, el servicio, la tolerancia, la comunicación ,el trabajo, la democracia, la responsabilidad, la fe, la gratitud y la creatividad en el desarrollo de las diferentes habilidades en actividades pedagógicas, formativas, científicas, artísticas, recreativas , deportivas y culturales, con el fin de formar hombres y mujeres con compromiso y proyección social, con sentido de pertenencia y consciente de la importancia del bienestar de su familia, su institución y su comunidad.
Creando así una conciencia en nuestros(as) estudiantes frente a su crecimiento personal y el progreso intelectual y la estructura de los pilares del conocimiento como son: El aprender a ser, aprender a conocer, aprender a hacer y aprender a convivir.
La actividad, el desarrollo cognitivo y la historia sociocultural del estudiante caracterizan nuestro modelo pedagógico como referente para aprender a pensar mejor.

Articulo 2º MISIÓN
MISION

LA INSTITUCION EDUCATIVA EL SALVADOR
PRESTA UN SERVICIO PUBLICO EN EDUCACION, QUE ATIENDE LOS NIVELES
DE PREESCOLAR BÀSICA Y MEDIA, RESPETANDO Y VALORANDO LA DIVERSIDAD, A TRAVÈS DE UNA FORMACION HUMANA INTEGRAL, PARA EL DESARROLLO DE LAS COMPETENCIAS BÀSICAS, QUE PERMITAN LA ADQUISICIÒN DE NIVELES DE DESEMPEÑO EN LA VIDA LABORAL, CIENTÌFICA Y CULTURAL, APOYADOS EN UN MODELO CUYO ÈNFASIS ES LA ACTIVIDAD Y EL SABER, COMO ESTRATEGIAS DE APRENDIZAJE, TENIENDO EN CUENTA LA HISTORIA SOCIOCULTURAL DEL ESTUDIANTE.





Articulo 3º VISIÓN

VISION

EN EL 2010 LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA EL SALVADOR SERÀ UN ESPACIO DE REFERENCIA, LIDER EN LOS PROCESOS FORMATIVOS Y CULTURALES DE SUS EDUCANDOS, APOYADA EN LA ACTIVIDAD Y EN LA INVESTIGACIÓN COMO FUNDAMENTOS PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL SABER Y EL DESARROLLO DE LAS COMPETENCIAS EXIGIDAS POR EL CONTEXTO Y LA GLOBALIZACIÓN.


Articulo 4º OBJETIVOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA EL SALVADOR

 Practicar los valores individuales y sociales en las interrelaciones escolares para la que los(as) educandos se autodeterminen responsablemente resaltando la autoestima hacia el bienestar personal y comunitario.
 Propiciar la practica de la educación ética y moral, la educación para la salud sexual, la democracia, la educación religiosa y cultural para la formación de seres capaces de identificar, prevenir y evitar comportamientos sociales inadecuados.
 Propiciar actitudes de democracia y participación, que faciliten y regulen el ejercicio de la libertad y responsabilidad de los estudiantes, padres de familia y educadores.
 Orientar el comportamiento de los(as) estudiantes teniendo como fundamento el respeto por los derechos individuales y colectivos.
 Brindar asesoria a padres de familia y/o acudientes, para que se capaciten y participen activamente en la formación de sus hijos(as) o acudidos.
 Fomentar y estimular el diálogo con toda la comunidad educativa, como eje generador de alternativas a las diferentes formas de violencia.
 Desarrollar valores y actitudes que le permitan al estudiante, observar las normas como medios de formación de su personalidad.
 Crear un clima de confianza, sinceridad, perdón y aceptación, como medio de realización de la persona.
 Ofrecer programas de optima calidad académica en los distintos niveles de educación y que sean competentes con los estándares, los valores, los conocimientos y las necesidades de la sociedad antioqueña, en los cuales se conjugue un permanente compromiso frente a un ideal de desarrollo social, la consolidación de la fe, una sólida fundamentación científica y una capacitación desde lo holistico y heurístico.


Articulo 5º PERFILES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

 PERFIL DEL ESTUDIANTE:

Persona singular, original, autónoma, sujeto y agente de su propia educación. Aporta interés y esfuerzo con el ánimo de aprender a vivir con todas sus potencialidades en la proyección de los valores humanos, que lo capaciten para crear estructuras justas que permitan una convivencia más humana y fraterna. Se distingue porque:
1. Asume en hechos observables la Filosofía de la Institución Educativa el Salvador, retomándola como el referente de su vida.
2. Lleva el uniforme adecuadamente. Su presentación personal habla de su autoestima y respeto por sí mismo.
3. Se destaca por cuidar los enseres propios y ajenos.
4. Crea las condiciones necesarias para la convivencia humana. Infunde y fomenta el compañerismo sano.
5. Ennoblece y da esplendor a su personalidad, empleando un vocabulario y modales propios de un buen ciudadano formado y educado en la institución educativa el salvador.
6. Protege el Medio Ambiente cuidando y embelleciendo la Institución para que luzca radiante. Reconociéndose así como administrador fiel del mundo que Dios nos ha dado.
7. Se destaca como líder en la construcción de la paz.
8. Es responsable con sus deberes académicos, aportando interés y esfuerzo en el desarrollo de todas sus potencialidades.
9. Manifiesta en actitudes y hechos observables, el sentido de pertenencia y el amor por la Institución que lo educo.
10. Respeta física y verbalmente a compañeros(as), profesores(as) y empleados(as).
11. Proclama sus deberes y derechos con actitudes observables. Destacando así el amor, por su familia, su institución, su comunidad y su Patria.

12. Manifiesta actitudes y sentimientos de entrañable gratitud. Hacia sus profesores(as), Directivos y compañeros(as) .

13. Es un estudiante autónomo, libre, responsable, respetuoso de los derechos humanos, solidaria con sus semejantes, participativa y tolerante, que cultive los valores en los ambientes en que se desenvuelva.

14. Posee capacidad para valorarse a si mismo (a) y valorar a los demás, capaz de actuar y decidir con madurez, abierto(a) a la formación cultural, deportiva, artística, critica, analítica y tecnológica.

 PERFIL DEL DOCENTE DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA EL SALVADOR:
1. Vivencia la Filosofía de la Institución Educativa El Salvador. Educa a sus estudiantes a través de los valores que fomenta y el conocimiento que imparte.
2. Manifiesta en actitudes y hechos observables como su sentido de pertenencia, su lealtad y su amor por la institución. Es un apoyo y honor contarlo entre los nuestros.
3. Es proactivo en el desempeño de su misión aportando interés y esfuerzo en el desarrollo de las potencialidades de sus estudiantes.
4. Protege el medio ambiente, reconociéndose así como administrador fiel del mundo que Dios nos ha dado.
5. Orienta profesional y responsablemente sus funciones a través de su propia realidad y de las disciplinas que enseña.
6. Se muestra como testigo de la fe, permitiendo críticamente el diálogo y la integración entre la Fe – Ciencia - tecnología - Vida como momentos de dimensión humana.
7. Persona dispuesta a llevar una vida digna , responsable y auténticamente, para educar especialmente con su ejemplo.
8. Es capaz de asumir su papel de Actor del cambio, es decir, responsable de interpretar y realizar innovaciones educativas.
9. Persona profundamente humana en sus relaciones interpersonales, con capacidad de acogida, de escucha, de amor, de respeto por las diferencias, la solidaridad y la compresión.
10. Se destaca por ejercer su profesión más por ética que por obligación, se interesa por la formación de los estudiantes y les da lo mejor de sí mismo.
11. Busca mejorar la calidad educativa, mediante la actualización profesional, la eficiencia, la responsabilidad y un continuo mejoramiento personal.
12. Su tarea es siempre Formativa, destacándose como líder en la construcción de la paz y en los procesos del conocimiento científico.
13. Sus estudiantes lo ven como ejemplo y guía, acuden a él o a ella como Amigo (a) y Maestro (a).
14. Su presentación personal habla de su autoestima y respeto por sí mismo. Invita al orden.


 PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA
El padre de familia de la Institución educativa el Salvador debe ser:
1. Una persona comprometida, que asuma y apoye la filosofía de la Institución.
2. Responsable en los procesos educativos y formativos de sus hijos(as).
3. Dar a sus hijos testimonio de amor y respeto por la vida.
4. Fomentar en sus hijos(as) valores que contribuyan a la sana convivencia.
5. Ser promotora en el cumplimiento de las funciones del gobierno escolar.
6. Estimular a su hijo en el cumplimiento del manual de convivencia Institucional.
7. poseer un espíritu de participación democrática y liderazgo positivo.
8. Contribuir a la calidad educativa con un espíritu innovador.
9. Integrarse en todas las actividades que la Institución educativa el salvador proponga.
10. Ser prudente y cuidadoso(a) con comentarios nocivos que no permitan crecer la Institución.


Articulo 6º PRINCIPIOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA EL SALVADOR.

Un estudiante de la Institución Educativa el Salvador posee los siguientes principios:

1. Valora y defiende la vida en todas sus manifestaciones. El derecho a la vida prevalece sobre todos los demás derechos.
2. Concibe al ser humano como ser perfectible.
3. Reconoce la felicidad, como fin último de la educación.
4. Aspira a la excelencia humana. Las pequeñeces no engrandecen a nadie
5. Se prepara para la convivencia pacífica con el hermano y con el medio.
6. Defiende la institución educativa el Salvador como lugar donde se aprende y se comparten momentos de alegría y se recibe apoyo en situaciones difíciles.
7. Visto así, la educación que se ofrece en la Institución Educativa el salvador, se caracteriza por ser un proceso personalizante y humanizante que debe ayudar al hombre en el proceso de maduración personal, intelectual, social y emocional para elaborar su propio proyecto de vida y realizarlo al estilo del Salvador: “ Al servicio de los demás”.


Articulo 7º VALORES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA EL SALVADOR.

Un estudiante de la Institución Educativa el Salvador. Deberá alcanzar estos logros al terminar su formación:

1. Manifestar la Humanidad y sensibilidad del Salvador, lo que se manifestará en :
 Trato amable
 Lenguaje pacífico
 Gestos fraternos
 Negociar las diferencias


2. La responsabilidad y el trabajo
 Hacer las cosas bien desde el principio
 Ser proactivo
 Laboriosos y creativos
 Responder por lo que se le ha confiando y buscar soluciones en vez de sacar disculpas.
3. La libertad y la comunicación
• Respeto por el otro
• Valoración del otro
• El diálogo
• Madurez

4. La amistad
• Convertir a mi enemigo en amigo y a mi amigo en mi hermano.
• Lealtad
• Corrección
• Búsqueda de la verdad
• La generosidad
5. La oración
• Trato permanente con Dios.
• Ofrecimiento a Dios de nuestro quehacer.
• Orar por la realidad del mundo, de Colombia y de las familias.
• Participación activa y responsable en la organización de Eucaristías y celebraciones religiosas.
• Participación en las actividades religiosas.
6. El servicio y solidaridad
• Compartir
• Colaborar con las personas que necesitan de su ayuda
• Generosidad
• Pasar por el mundo haciendo el bien.

4. El amor y la autoestima
• Amor a si mismo
• Autorespeto
• autodisciplina
• Amor a la Institución Educativa El Salvador
• Amor a la familia
• Amor por el otro


Artículo 8º FINES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA EL SALVADOR.

Que deben ser tenidos en cuenta en la elaboración de logros del dominio del ser, la convivencia, el conocimiento, y hacer y tener.
1. LA DEFENSA de la vida en todas sus manifestaciones.
2. Consolidación de una comunidad pacifica y laboriosa.
3. Manifestar sentido de pertenencia y amor por todo lo que hacemos.
4. Reafirmar la fe en la dignidad y el valor de la persona como hijo de Dios, hermano del otro, amo y señor de la naturaleza.
5. Propiciar una propuesta educativa, recreativa y cultural.
6. El ejercicio de la solidaridad, la corresponsabilidad y la aceptación.
7. Favorecer el desarrollo integral de la persona.
8. Generar un clima de bienestar, y superación que lleve al estudiante a descubrir los problemas como oportunidades… lo que se traduce en “SER FELIZ A PESAR DE…” o disfrutar la vida en abundancia… que se nos ha dado desde siempre.
9. Generar clima de calidad educativa.
10.Crear espacios de participación democrática.
11.Regular el ejercicio de la libertad.
12.Fomentar y estimular el dialogo como eje generador de alternativas para negociar las diferencias.
13.Fortalecer el compromiso frente a la transformación de la realidad.

14.Generar procesos de cambio en la consolidación de una realidad mas justa, humana y participativa.
15.Formar conciencia para la preservación del medio ambiente.
16.Respeto por la persona en sus diferentes manifestaciones culturales, políticas y religiosas.
17. Favorecer el proceso de interacción entre el educador y el estudiante, mediante la participación de ésta en los criterios y procedimientos del régimen disciplinario.
18. Adoptar el modelo pedagógico como referente para la construcción del saber y la formación como persona.



CAPÍTULO II

MARCO TEORICO
DISPOSICIONES GENERALES
El manual de convivencia se enmarca dentro del respeto a las normas constitucionales, legales y las siguientes definiciones.

Articulo 9º CONCEPTUALIZACIÓN ESPECÍFICA QUE SE ADOPTA EN EL PRESENTE MANUAL:
1. Manual de convivencia: Se llama manual de convivencia escolar al reglamento, código guía o carta de principios morales, éticos, pedagògicos y sociales que sirven de base para formarme, orientarme, evaluarme, corregirme y estimular mi comportamiento y regular el ejercicio de mis libertades, derechos y responsabilidades de acuerdo al PEI.

2. Norma Legal: Se refiere a la normatividad consagrada en la Constitución Política de Colombia, la Ley General de la Educación 115/94 y sus Decretos Reglamentarios, Código del Menor, Código Educativo, Gobierno Escolar, Ley 715, Decretos 0230, 1850 y 1278 de 2002, Filosofía de la institución educativa el Salvador y el PEI

3. Comportamiento: Es el conjunto de actitudes, hábitos, posturas o disposiciones de ánimo manifestadas por un individuo en todas las situaciones de la vida y particularmente en la institución. Es la forma como actúo ante cada situación y que caracteriza mi personalidad acorde con los requerimientos del manual del convivencia escolar y el PEI

4. La Disciplina: Está fundamentada en el respeto por los derechos individuales y colectivos. En la convivencia y el bienestar que debe proporcionar cada miembro de la Institución Educativa el Salvador. a los demás. En el principio constitucional sobre el libre desarrollo de la personalidad, que está supeditado a los derechos de los demás y al orden jurídico (C. P .C. Ley 115 Art. 5) El Objeto de la Disciplina es preparar al estudiante como miembro de una comunidad que asegura la convivencia pacífica.

5. Estimulo o merito: Son los incentivos o premios que tienen como objetivo distinguir o resaltar una determinada conducta. Me hago acreedor a ellos cuando por mi buen comportamiento, rendimiento académico, espíritu de servicio o cualquier otro aspecto, sobresalga en la comunidad educativa.

6. Directivas: Se refiere a Rector(a), coordinador(a) académico(a) y/o disciplinario(a) y dirección administrativa y profesores(as).

7. La Institución: Se refiere al grado de pertenencia e identificación con los procesos de formación y el espacio particular donde todo se desarrolla y sus Plantas Físicas, y demás bienes de la Institución Educativa El Salvador.

8. Comunidad Educativa: Se refiere a todas las personas que hacen parte de la Institución y tiene un nexo académico directo e indirecto.

9. Contrato Pedagógico: Convenio celebrado entre la Institución y el estudiante que por haber presentado deficiencia académica y/o disciplinaria, reintrega su compromiso de cambio comportamental y actitudinal y del cumplimiento observable del Manual de Convivencia.

10. Contrato de Padres de Familia: Convenio celebrado entre la Institución y el Padre de Familia y/o acudiente, que por haber presentado incumplimiento en las obligaciones estipuladas en el Manual de Convivencia, renuevan su compromiso con la Institución y aceptan que infringir con este contrato acarrea la pérdida del cupo de su hijo(a).

11. Contrato de Matrícula: Contrato legal celebrado entre la Institución, el padre de familia y/o acudiente y el estudiante, en el que las partes acuerdan las condiciones de prestación y aceptación del servicio educativo, los procedimientos y requerimientos pertinentes, el costo y la forma de pago del servicio, obligaciones y deberes adquiridos y las causales de terminación del mismo. Los Padres de Familia se comprometen con el cumplimiento del Manual de Convivencia, o reglamento de la Institución, documento que queda incorporado a este contrato.

12. El Observador del Estudiante: Herramienta facilitadora del seguimiento que se le hace al estudiante, en él se consigna el comportamiento observable del mismo, y el tratamiento acordado periódicamente y/o cada vez que el comportamiento del estudiante merezca destacarse negativa o positivamente. Este debe refrendarse con la firma del estudiante, padre de familia y los(as) profesores(as) y el Coordinador(a).

13. Estrategia formativa para modificar los comportamientos inadecuados: Son una serie de estrategias pedagógicas, utilizadas para modificar la conducta de los estudiantes, a través de observaciones verbales y escritas con el fin de mejorar en los procesos de enseñanza-aprendizaje y evitar que entorpezca la buena marcha de la institución o que vaya en contra de los estipulado en el manual de convivencia.

14. Debido proceso: Es un derecho fundamental que garantiza la defensa del individuo. Articulo 29 c , sus características son: Discrecionalidad, ética y transparencia en la apreciación de los hechos. Es el proceso que el educador y/o la Institución hacen al estudiante cuando presenta comportamientos inadecuados siguiendo el conducto regular y utilizando las estrategias de modificación establecidas en el presente manual de convivencia en el marco del derecho que le asiste al estudiante.

15. Derecho: Es el conjunto de normas y principios que regulan mis relaciones con los compañeros y con el resto de personas de la comunidad educativa garantizando así el bienestar individual y colectivo.

16. Responsabilidad o Deber: Es la serie de compromisos que debo asumir individual y colectivamente del cumplimiento de estos deberes dependerá el ambiente de confianza, respeto y armonía en el que se desarrolle el quehacer educativo.

17. Derecho a la defensa: Todos los miembros de la Comunidad Educativa, pueden presentar sus descargos ante la persona competente, en forma escrita, en un plazo de dos (2) días hábiles después de cometida la falta. La instancia competente debe dar respuesta en el término de una semana.

18. Constitución política: es el conjunto de normas coherentes entre si y constitutivas de un estado. L a actual Constitución política colombiana Consta de varios artículos y rige desde el 20 de Julio de 1991. en ella se perpetúa la educación como un derecho de la persona, un servicio que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de nuestra cultura.

19. Código del menor: Los derechos fundamentales del menor están consagrados en el decreto extraordinario 2737 de 1989, el cual es conocido como el código del menor.

20. Estudiante: Es la persona centro del proceso educativo y gestor principal de su propia formación.



CAPITULO III
PROCESO DE ADMISIÓNES, MATRICULAS, PERDIDA DE CARÁCTER INSTITUCIONAL, IMPEDIMENTO PARA SER ACUDIENTE O TUTOR.


Artículo 10º. PROCESO DE ADMISIONES:

El proceso que deben seguir todos los aspirantes que deseen ingresar a cualquiera de los niveles de educación del Plantel; consta de los siguientes pasos:
1. Adquisición del Formulario de Inscripción: Debe ser adquirido por una persona mayor de edad.
2. El estudiante debe tener la edad adecuada para el curso al cual desea ingresar, o cumplirlos en los primeros meses del año siguiente. Este requisito se tendrá en cuenta a partir de la fecha de expedición de este manual de convivencia.
3. Para ingresar a un grado cualquiera, a partir de primero de primaria es indispensable haber cursado y aprobado el grado anterior y poder justificarlo con la documentación correspondiente; Ejemplo: inscribirse para primero, requiere haber cursando el grado de transición y así sucesivamente.
4. Llenar los formularios de inscripción con letra y números claros y perfectamente legibles, la foto del estudiante debe ser reciente.
5. Devolver el formulario de inscripción a la secretaria de la institución educativa el Salvador.
6. siguientes documentos en la fecha indicada:
 Registro Civil Original o copia.
 Fotocopia del Observador o ficha personal actualizada, firmada por quien da el informe y respaldado con la firma de la Rectora de la Institución educativa.
 Los Informes Académicos del presente año lectivo.
 Formato diligenciado por la Institución de Procedencia.
7. Inducción Académica: Todo Estudiante que desee ingresar, necesita participar y aprobar una inducción académica correspondiente al grado a ingresar.
8. Conocer suficientemente antes de la matrícula, el Manual de Convivencia de la Institución que debe adquirir en este establecimiento, el cual es obligatorio comprarlo.
9. Otros documentos que las directivas consideren necesarios.
Entrevistas: Se hacen para el padre, la madre y/o acudiente y el estudiante. En la entrevista se analiza la disposición de la familia para asumir el Manual de Convivencia o Filosofía ofrecida por la Institución, y la posibilidad que tiene la Institución Educativa El Salvador para responder a las expectativas de la familia.

El Costo del Proceso de Admisiones: Lo define el Consejo Administrativo. Este incluye: Formulario de Inscripción, Inducción Académica, Entrevistas, Material y Servicio de Oficinas.


Artículo 11 º PROCESO DE MATRICULA:

A. REQUISITOS PARA ESTUDIANTES NUEVOS.
Después de haber seguido el proceso de admisiones el estudiante pasa al proceso de matrícula, y trae los siguientes requisitos:
1. Autorización y Guía de Matricula.
2. Registro Civil (original o copia).
3. fotos tamaño cédula recientes del estudiante.
2. Carné de Vacunación para los estudiantes del grados de Preescolar y Básica Primaria.
3. Hoja de Vida – Observador original del estudiante, entregado por la Institución donde estudió con las respectivas firmas del coordinador, director de grupo, padre de familia y estudiante.
4. Informe académico final con las respectivas firmas.
5. Calificaciones en papel membrete a partir del grado quinto de la básica primaria con los siguientes datos:
 Código ante el DANE, Número del Certificado, Resolución de aprobación de estudios que cubra el año cursado por el estudiante, grado, año, folio de calificaciones, folio de matrícula, nombre completo del estudiantes de acuerdo al registro civil, todas las áreas nombradas según la ley con la valoración final (Excelente, Sobresaliente, aceptable, insuficiente, deficiente), intensidad horaria semanal de cada área, los refuerzos de las áreas que tenga insuficiente con la fecha y concepto final del refuerzo, Plan de Estudios (según acta Consejo Directivo), jornada escolar, lugar y fecha de expedición, firmas autorizadas de la Rectora, Secretario(a) con nombre, cédula y cargo.
6. Fotocopia del Seguro Estudiantil vigente (fotocopia de la Póliza de Seguro, ISS, o EPS al que se encuentre afiliado el estudiante o SISBEN), entregando mensualmente su aporte o autoliquidación.
7. Recibo de cancelación de derechos de matrícula y otros costos.
8. Contrato Escolar debidamente diligenciado y firmado por el estudiante y sus acudientes de matrícula.
9. Adquisición y porte del uniforme de la institución obligatoriamente.
10. El Estudiante debe tener la edad adecuada para el curso al cual desea ingresar o cumplirla en los primeros meses del año siguiente así:

GRADO EDAD (años) GRADO EDAD (años) GRADO EDAD (años)
Pre-escolar 41/2 a 51/2 Cuarto 81/2 a 91/2 Octavo 121/2 a 131/2
Primero 51/2 a 61/2 Quinto 91/2 a 101/2 Noveno 131/2 a 141/2
Segundo 61/2 a 71/2 Sexto 101/2 a 111/2 Décimo 141/2 a 151/2
Tercero 71/2 a 81/2 Séptimo 111/2 a 121/2 undécimo 151/2 a 17

PARÁGRAFO: Todos los padres de familia o acudientes deben afiliarse a la Asociación.
B. COMPROMISO DE LOS ESTUDIANTES:
Todo estudiante en el momento de firmar la matrícula debe reunir todos los requisitos exigidos por la institución y debe
firmar el Contrato de Matrícula.

C. REQUISITOS PARA ESTUDIANTES ANTIGUOS.
1. Autorización y Guía de Matricula.
2. Paz y Salvo
3. Fotocopia del Seguro Estudiantil vigente (fotocopia de la Póliza de Seguro, ISS, o EPS o SISBEN al que se encuentre afiliado el estudiante), entregando mensualmente su aporte o autoliquidación.
4. Recibo de la cuota de Asociación de Padres de Familia.
5. Contrato de matrícula debidamente diligenciado y firmado por el estudiante y sus acudientes.
6. Carné estudiantil o en su defecto una foto reciente tamaño cédula.
PARÁGRAFO 1 : Si el estudiante no ha aprobado todas las áreas o reincide en mal comportamiento (estudiante antiguo) debe firmar contrato pedagógico especial.
PARÁGRAFO 2 : Si el padre de familia incumple con sus deberes adquiridos en el contrato de matricula, dicho contrato se da por terminado. El incumplimiento por parte de alguna de las partes da como terminado dicho contrato.


D. Regulación de los cobros por concepto de derechos académicos


Su regulación se da de acuerdo a las disposiciones legales que sobre
esa materia orienta la Secretaría de Educación Municipal a través
de las resoluciones, referente legal para que la institución Educativa a través del Consejo Directivo de la Institución acuerde el cobro de esos derechos.

Para el año 2006 la Institución Educativa Salvador a través del Consejo Directivo, acuerda no hacer ningún aumento a los derechos académicos, guardando concordancia con la resolución 3737 de octubre 18 de 2005, de la Secretaría De Educación Municipal y mediante acuerdo No 12 de octubre 25 de 2005. Los aumentos para los años posteriores se haràn de acuerdo a las nuevas disposiciones de las autoridades del estado responsables.

También acuerda cobrar una cuota voluntaria para los proyectos de danza, teatro; porrismo; proyectos pedagógicos de recreación, deporte, lúdica y empleo del tiempo libre; sexualidad; prevención de la drogadicción; valores y democracia; Capacitación de las pruebas ICFES a los estudiantes de Undécimo, que como actividades extracurriculares están en concordancia con el artículo No 3 de la resolución No 3727 de la Secretaría De Educación Municipal. Esta cuota voluntaria será una vez al año a cada estudiante, por ciclos.
El registro de estas decisiones esta registrada en el acuerdo No 12 del 25 de octubre de 2005
Artículo 12º PERDIDA DEL CARÁCTER DE ESTUDIANTE DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA EL SALVADOR:

Para conservar la condición de estudiante de la Institución Educativa el Salvador que ha adquirido al matricularse, debe cumplir por compromiso personal con lo estipulado por la Norma Legal, "El Proyecto Educativo de la Institución Educativa el Salvador", El Manual de Convivencia y el Contrato Escolar pierde esta Condición por:
1. Cierre de la Institución.
2. Cancelación voluntaria de la matrícula.
3. No cumplir con los requisitos señalados por la Institución.
4. Inasistencia habitual injustificada según Decreto 1860 Art. 53.
5. Exclusión de la Institución ordenada por el Consejo Directivo.
6. Presentar documentos falsos o cometer fraude en el momento de la matrícula o para resolver otra situación de la vida escolar.
7. Pérdida del año por segunda vez .
8. Incumplimiento del Contrato Pedagógico.
PARÁGRAFO 1: En caso de embarazo, se concertará la Desescolarización con la estudiante, padres de familia y directivas (Para la protección de la salud y de sus derechos académicos), de la institución y de común acuerdo se hace un contrato en el cual se fijan los procedimientos a seguir. La estudiante tiene todo el derecho a seguir en la institución, salvo que aborte sin ninguna responsabilidad legal o moral.
PARÁGRAFO 2: Si el estudiante y/o Padre de Familia o acudiente incumple el contrato de matricula, dicho contrato se da por terminado. El incumplimiento por parte de alguna de las partes da como terminado dicho contrato.


Articulo 13º IMPEDIMENTO PARA SER ACUDIENTE O TUTOR:
1. Ser menor de edad.
2. Tener dificultades de orden moral o penal.
3. Interdicción.



PARÁGRAFO: Ningún funcionario o estudiante de la Institución puede ser acudiente de un estudiante, debido que en algunas situaciones tendría que actuar simultáneamente como juez, fiscal, defensor y por consiguiente es contraproducente. Los casos especiales serán autorizados por la Rectora en forma escrita.

CAPITULO IV

DEBERES Y DERECHOS.

Artículo 14 º. DERECHOS GENERALES:
1. Recibir la Formación Integral, conforme con la Ley 115 de 1994, Ley 715 y sus Decretos reglamentarios y la Filosofía de la Institución Educativa el Salvador, de acuerdo con los programas académicos y los objetivos institucionales.
2. Recibir una educación de conformidad con la filosofía, de la Institución Educativa el Salvador expresada en el Proyecto Educativo "PEIES", y previamente aceptada por el estudiante y acudiente.
3. Manifestar sus opiniones personales de manera oportuna y respetuosa a cualquier miembro de la Comunidad Educativa, sin quebrantar la autoridad a quien corresponda decidir sobre cualquier situación observable y susceptible de cambio.
4. Ser tratado por parte del personal docente, Administrativo y de Servicios Generales, con la consideración, respeto, aprecio y justicia que todo ser humano merece de sus semejantes.
5. Ser atendido en sus reclamos y solicitudes particulares, que se hagan a través de los conductos regulares, enmarcados en la veracidad, el respeto por la Institución y por las personas vinculadas a ésta.
6. Recibir los estímulos correspondientes a su espíritu de liderazgo, aptitudes y capacidades, de acuerdo a las posibilidades de la Institución y lo que reglamenta el Manual de Convivencia y el Consejo Directivo de la Institución.
7. Ser llamado por su nombre y apellido.
8. Elegir y ser elegido como líder integrante del Gobierno Estudiantil, ya sea como Vocero(a) Presidente(a) o Personero(a) estudiantil.
9. Disfrutar de un ambiente sano, agradable, estético y descontaminado, que permita llevar normalmente el proceso de aprendizaje.
10. Participar activamente en todas las actividades curriculares y extra-curriculares que programe la Institución Educativa El Salvador.
11. Identificarse en cualquier lugar como Estudiante o la Estudiante de la Institución Educativa el Salvador portando el carné estudiantil.
12. Disfrutar de las dos planta físicas de la Institución, de sus implementos, dependencias y servicios de acuerdo al horario y al reglamento de Institución para el uso de los bienes y servicios que la Institución ofrezca.

13. Conocer las anotaciones que sobre su comportamiento hagan los profesores(as), director(a) de grupo, y/o coordinadores(as), en el observador del estudiante, para hacer las observaciones o los descargos respectivos.

14. Utilizar y recibir oportunamente, y dentro de los horarios establecidos, los servicios de bienestar estudiantil de que dispone la Institución: Biblioteca, Restaurante, primeros auxilios y otras atenciones que se presten a nivel institucional.
15. Solicitar el reconocimiento y respeto de los derechos consagrados como fundamentales para toda persona, en la Constitución Política Nacional, Código del Menor, Leyes Civiles, Penales, Ley General de la Educación, Manual de Convivencia y otras normas vigentes.
16. Promover y participar en campañas que busquen el bienestar y superación estudiantil e institucional.

Artículo 15º DERECHOS ACADÉMICOS:

El estudiante de la Institución Educativa el Salvador respecto a lo académico, tiene los siguientes derechos:
1. Conocer oportunamente los requisitos necesarios para la aprobación de las materias, las actividades pedagógicas complementarias de que habla la legislación vigente, la Comisión de Evaluación y Promoción, para no ser abocado a una repitencia por la institución, por bajo rendimiento académico.
PARÁGRAFO: Si por motivos de salud o fuerza mayor, el estudiante ha
faltado a la Institución el día en que se hizo alguna prueba evaluativa,
pero su ausencia ya está autorizada o justificada, el estudiante tiene
derecho a presentar la prueba correspondiente, en un plazo de dos (2)
días hábiles.
2. Participar de manera completa y cumplida de las clases orientadas por los profesores asignados a la Institución, a no ser que estén ausentes por una razón justificada ante las Directivas de la Institución.
3. Exigir a los(as) docentes que guíen el proceso formativo cumpliendo a cabalidad con sus deberes profesionales, capacitación, orientación, puntualidad, preparación de clases, actividades, evaluación de procesos...
4. Ser informados con anterioridad por sus profesores(as) acerca de los mecanismos de evaluación de cada materia, las diferentes evaluaciones, los informes académicos, al menos cinco días hábiles, antes de ser consignadas en el Registro Escolar.
5. Ser evaluado de acuerdo a los logros de aprendizaje, previamente conocidos.
6. Contar con una programación dosificada de trabajo, talleres, tareas y evaluaciones, respetando el horario y el cronograma de actividades académicas previamente establecidos en cada grupo.
7. Obtener sus calificaciones, sus certificados y otros documentos de su propiedad, cuando los solicite, según el horario de la respectiva dependencia, siempre y cuando esté‚ a paz y salvo con la Institución por todo concepto.
8. Conocer los espacios asignados por la Institución, para el desarrollo de las actividades académicas programadas.
9. Ser informado a través de este Manual sobre los procesos y normas de Convivencia.
10. Ser enterado por lo menos con un día de anticipación acerca de la modificación del horario de entrada y/o salida de la Institución, excepto cuando las circunstancias ameriten un cambio repentino.
11. Ser excusado de asistir al establecimiento o de participar en las actividades programadas por la Institución, por razones justificadas: Enfermedad certificada, calamidad familiar, diligencias civiles incompatibles con el horario de la Institución.
12. Contar con una asesoría adecuada por parte del profesorado para participar en proyectos pedagógicos en forma creativa.
13. Ser nombrado Monitor(a) Académico(a). Directamente por el respectivo profesor de la materia, para un periodo académico, teniendo en cuenta el liderazgo positivo, su buen comportamiento y excelente rendimiento académico. Con derecho a ser reelegido.
14. Derecho a ser nombrado Vocero(a) del grupo, Personero(a) o miembro activo del Consejo de Estudiantes, siempre y cuando cumpla los prerrequisitos establecidos para este fin.

Artículo 16º DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
Apoyándonos en la constitución política, la ley general de educación, el código sustantivo del menor, nuestro manual de convivencia establece lo0s siguientes deberes para nuestros estudiantes:
1. Conocer, acatar y respetar la Filosofía de la Institución Educativa el Salvador, sus principios, fines, objetivos y valores éticos, cívicos e ideológicos previamente aceptados antes de la matrícula.
2. Cuidar sus respectivas pertenencias, abstenerse de llevar consigo objetos de valor y colaborar con el cuidado de los bienes ajenos. La institución no se responsabiliza de la pérdida de ellos.
3. Emplear el diálogo con todos los miembros de la comunidad educativa para concertar acuerdos que garanticen la armonía y la convivencia.
4. Evitar la contaminación, propiciar un ambiente sano, no fumar ni ingerir sustancias nocivas a la salud.
5. Hacer uso adecuado de os servicios públicos (agua, luz, teléfono), los ventiladores, enchufes y encendedores
6. Portar el carné de la EPS o SISBEN actualizado.
7. Adquirir los útiles de estudio necesarios para el logro de los objetivos instruccionales y educativos de la Institución.
8. Estudiar y permitir ser evaluado académicamente, en los principios políticos, sociales, económicos, académicos y religiosos que le fueran enseñados por sus profesores(as) de acuerdo al Plan de Estudios de la Institución.

PARÁGRAFO: Ningún profesor(a), sin autorización escrita del o la rector(a); podrá exigir textos, libros y elementos costosos.

9. Adquirir el Manual de Convivencia estudiarlo detenidamente hasta llegar a conocer con propiedad sus diferentes aspectos y cumplir fielmente con lo aquí expresado.
10. Portar correctamente el uniforme de diario y el de educación física y los distintivos del mismo, durante la respectiva jornada de estudio, y en los demás actos citados por la Institución, las niñas no deben usar maquillaje fuerte, tatuajes ni accesorios estrafalarios, tampoco deben usar body pearcing visibles, el cabello debe tener tonos naturales , los caballeros deben usar un corte y color de cabello clásico, no usar cachuchas o gorras, tampoco debe usar tatuajes y/o body pearcing visibles , ni accesorios que no pertenezcan al uniforme.
11. Solicitar previamente a la Coordinación los permisos autorizados por el acudiente, sin esta orden no puede ausentarse de clase ni llegar tarde a la Institución.
12. Portar permanentemente el carné estudiantil y presentarlo cuando fuere solicitado. En caso de pérdida dar inmediato aviso a la Coordinación y solicitar la expedición del duplicado.
13. En caso del retiro de la Institución, cualquiera que sea el motivo, es obligación del estudiante ponerse a paz y salvo. Firmar en Secretaría el acudiente la cancelación de la matrícula y entregar en esta dependencia el carné estudiantil.
14. Colaborar con el aseo de las dependencias del Plantel, según horario establecido y participar de las campañas de aseo, y embellecimiento organizadas por la Institución.
15. Participar con atención y respeto en todos los actos cívicos, religiosos, culturales, deportivos, actividades de aula, convivencias y encuentros de cualquier tipo que programe la Institución.
16. Respetar los símbolos patrios de la Institución Educativa el Salvador, nuestros valores culturales, nacionales y étnicos.
17. Llevar a casa las Circulares y otros documentos de información de la Institución, hacerla firmar de su acudiente y entregarla firmada al director(a) de grupo.
18. Valorar y respetar la vida en todas sus manifestaciones como el don más Preciado que se nos ha legado el Creador.
19. Adquirir el Periódico de la Institución, cuando fuere empleado como material de aprendizaje y manejar este medio de comunicación, como uno de los más importantes medios de expresión de los estudiantes de la Institución.
20. Asistir puntualmente a todas las clases y demás actividades programadas por la Institución y participar activa y oportunamente en el desarrollo de éstas.
21. Realizar las actividades pedagógicas, ordenadas por el ó la profesor(a) atendiendo a las condiciones establecidas en clase para facilitar el logro de los objetivos de aprendizaje.
22. Representar a la Institución en los diferentes tipos de eventos, de acuerdo con las Directivas, Docentes o el Consejo Estudiantil del Establecimiento, cuando dicha presencia sea requerida.
23. Presentar excusa escrita dentro de un plazo de dos (2) días después de la ausencia.
24. Abstenerse de traer a la Institución, revistas, wolkman, mascotas virtuales, láminas, libros, juegos u otros objetos que no estén previamente autorizados y que perturben el funcionamiento de las clases, los espacios de descanso y las sanas costumbres; estos serán retenidos y no serán devueltos (Conforme al. Art. 316 del Código del Menor).
25. Permanecer en el salón o lugar indicado, durante las horas de clase, así no haya profesor(a), y acatar la orden dada por el vocero del curso, o miembro del Gobierno Estudiantil.
26. Observar el comportamiento debido en cada una de las diferentes zonas de la Institución. Durante las horas de estudio y en los cambios de clase, ningún estudiante debe permanecer fuera del aula respectiva, salvo que haya sido citado o enviado a otras dependencias.
27. Desalojar en forma inmediata no solo la Institución, sino la vecindad cuando se ordene la salida. Sólo permanecen unos minutos más los encargados del aseo de salones.
28. Denunciar de inmediato toda falta que atente contra el bien común, si no se quiere ser cómplice y responsable de la misma.
29. Respetar las formas de ser, las opiniones y diferencias del otro.
30. Ser moderados en los juegos par a evitar caídas y atropellos a los(as) compañeros(as). Cualquier daño físico que ocasione al compañero(a) con culpa o no, debe ser remediado.
31. Participar directa e indirectamente en las decisiones que se tomen en el grupo o equipo de trabajo o actividades de curso, respetando las normas establecidas por éste.
32. Colaborar con la dotación del Botiquín de la Institución, para poder recibir el beneficio de los primeros auxilios.
33. Utilizar los servicios de la Institución con la compostura y el decoro que garantice la seguridad y el bienestar de quienes lo comparten, respetando los turnos de los(as) compañeros(as) u otras personas.
34. Apoyar las campañas para mejorar o ampliar las ayudas didácticas.

 DERECHOS Y DEBERES DE LOS(AS) DOCENTES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA EL SALVADOR.

Para que el docente se concentre y se perciba como un profesional y como un intelectual y fortalezca su imagen social y la percepción que tiene de esta imagen, es de mayor importancia que reencuentre, construya y reflexione un saber propio, capaz de integrar en forma explicita los diversos elementos del quehacer: Ese es el saber pedagógico y lo único que a usted lo distingue de los demás.

Artículo 17 º DERECHOS DE LOS DOCENTES
A todos los (as) educadoras de la Institución educativa El salvador, se les reconocen los derechos generales como persona y la comunidad debe respetarlos y hacerlos respetar.
Como docentes tienen los siguientes derechos.

1. Recibir la remuneración correspondiente y las prestaciones por la ley.
2. Recibir capacitación oportuna que favorezca la formación personal y la calidad del servicio educativo.
3. Ser respetado en su integridad personal, social y profesional
4. Ser estimulado por su desempeño.
5. Ser evaluado periódicamente con miras a su mejoramiento pedagógico.
6. Elegir y ser elegido por los organismos de participación democrática que presenta la ley general de educación.
7. Disfrutar de vacaciones remuneradas, según esta establecido por la ley.


Artículo 18 º DEBERES DE LOS DOCENTES.
1. Conocer y practicar la filosofía de la Institución educativa el salvador
2. conocer y dar estricto cumplimiento al Manual de convivencia, al manual de funciones docentes.
3. Dar testimonio en su manera de pensar y de actuar.
4. Fomentar valores éticos y morales en sus estudiantes.
5. Asumir la tarea educativa con: Responsabilidad, optimismo, eficacia, agrado y respeto hacia todos los estamentos de la institución y conforme a las directrices que este señala.
6. Mantener relaciones respetuosas y cordiales con: directivas, profesores y personal administrativo, padres de familia y estudiantes.
7. Demostrar con su manera de pensar y actuar el sentido de pertenencia a la Institución.
8. Asistir a programas de capacitación con el fin de actualizarse en aspectos pedagógicos y otros temas, para optimización de la labor educativa.
9. Dar estricto cumplimiento al horario establecido por la Institución.
10. Asistir a la Institución con traje serio y una presentación personal adecuados a su desempeño del cargo.
11. Preparar adecuadamente las clases en cuanto a temas y recursos didácticos y llevar el registro personal, detallado y cuidadoso de las clases que se planean.
12. Mantener el orden y el comportamiento durante las clases, e informar oportunamente acerca de la irregularidad que se presente al respectivo Coordinador.
13. Elaborar el plan anual y el diario programador de los cursos asignados y entregarlos con buena presentación y orden en forma oportuna al Coordinador y/o Rectora.
14. Planear cuidadosamente las evaluaciones de tal manera que su extensión y grado de dificultad sean adecuados y conforme a los temas señalados para las mismas y realizar tales evaluaciones en las fechas y horas señaladas.
15. Corregir las evaluaciones en forma oportuna y objetiva y realizar el proceso de revisión de las mismas de tal manera que los estudiantes conozcan el informe definitivo antes de registrar dichos informes en la secretaria de la Institución.
16. Llevar un registro de los estudiantes en cada curso y que contengan observaciones que permitan ver el seguimiento realizado, el tratamiento que se le ha dado y los resultados obtenidos.
17. Colaborar en el mantenimiento del orden, el comportamiento y el aseo en la Institución durante toda la jornada.
18. Colaborar y participar con responsabilidad y agrado en todas las actividades de la Institución que así lo requieran, tales como: conferencias, fiestas religiosas, actos culturales, paseos, visitas a empresas , convivencias, etc.
19. Contribuir al orden, aseo, buena presentación y al ambiente cordial y respetuoso en la sala de profesores.
20. Responsabilizarse del cuidado de los libros reglamentarios de la institución, como: Libros de actas, seguimiento al estudiante, diario de campo y planeación curricular.
21. Participar en los proyectos especiales y en las actividades que contribuyan al crecimiento personal de los estudiantes.
22. Asignar tareas para la casa cuando las circunstancias así lo requieran y de manera que el grado de dificultad, la temática y la extensión de las mismas sea adecuada.
23. Revisar cuidadosamente las tareas señaladas para la casa y evaluarlas en forma objetiva.
24. Atender en forma oportuna, respetuosa y cordial a los padres de familia, para lograr los objetivos del proceso de enseñanza aprendizaje.
25. Escuchar las sugerencias que planteen los estudiantes acerca de diferentes aspectos relacionados con la labor académica y el desarrollo de las actividades de la Institución y presentar dichas sugerencias al director de grupo, a l coordinador o a la rectoría.
26. Aplicar el conducto regular en la solución de problemas y conflictos que se presenten.
27. Actuar siempre con mucha prudencia y discreción, en los problemas y conflictos y guardar la debida reserva en todo lo relacionado con la problemática personal y/o familiar de los estudiantes, profesores y empleados de la Institución.
28. Sugerir a rectoría y coordinación ideas para el buen funcionamiento y la formación integral de los estudiantes.

Artículo 19 º DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA
1. Participar activamente en las asambleas de Padres de Familia que programe la Asociación con derecho a voz y voto.
2. Recibir información verbal o escrita sobre las actividades que programe la Institución, ya sea de tipo recreativo, formativo o académico.
3. Dar sugerencias sobre la marcha general de la Institución con el fin de mejorar en todos sus aspectos.
4. Ser atendido oportunamente en todas sus solicitudes en bien de sus hijos(as).
5. Ser tratado con cortesía y respeto por todos los miembros de la Institución.
6. Obtener información oportuna acerca del “PEIES” (Proyecto Educativo de la Institución Educativa el Salvador).
7. Ser informado oportunamente sobre los cambios realizados al Cronograma General de actividades.
8. Recibir orientación sobre el manejo adecuado de los problemas disciplinarios de los hijos(as).
9. Ser elegido y elegir como voceros o representante para integrar la Junta de la Asociación de Padres de Familia, o formar parte de los Proyectos del P.E.I.E.S.
10. Participar en los talleres formativos de Padres de Familia.
11. Conocer oportunamente el seguimiento de sus hijos(as)
Artículo 20º DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA
1. Cumplir con el Contrato de Matrícula
2. Colaborar amplia y decididamente en el desarrollo de las actividades escolares de los(as) hijos(as) dentro de la Institución.
3. Rendir y recibir los informes de sus hijos(as), y de todo lo que respecte a la Institución Educativa El Salvador.
4. Integrar, impulsar y complementar recíprocamente la educación familiar y escolar.
5. Ejercer sobre sus hijos(as) el control del Rendimiento Académico y ampliar los estímulos y correctivos necesarios.
6. Asistir a las reuniones convocadas por la Junta Directiva de la Asociación de Padres de Familia, e integrarse responsablemente a la Comunidad Educativa.
7. Acudir oportunamente cuando sea solicitado por los directores de curso, profesores, Coordinador(a) o Rector(a) de la Institución.
8. Asistir a las reuniones convocadas por la Institución Educativa El Salvador, tanto para informes académicos como para otros fines. A dicha reuniones deben acudir, en cuanto sea posible el Padre y la Madre, a fin de que ambos asuman la responsabilidad que les compete.
9. Suministrar los implementos necesarios a sus hijos, de tal manera que se garantice su rendimiento académico y disciplinario.
10. Colaborar con la asistencia puntual de sus hijos(as) a las clases y actos programados por la Institución.
11. Responsabilizarse por la formación de sus hijos(as) en concordancia con los lineamientos establecidos por la Constitución Política Art. 17 de la Ley 115; Código del Menor y por el presente Manual de Convivencia. En caso de golpear y hacerle daño al hijo(a), se pondrá la denuncia en Bienestar Familiar.
12. Responsabilizarse de la atención e intervención profesional que el o la estudiante requiere de acuerdo con las sugerencias dadas por el director de grupo o la Institución.
13. Apoyar las campañas para mejorar los servicios educativos de bienestar estudiantil, salud, alimentación y consecución de materiales didácticos.
14. Promover la conformación de la Asociación de Padres de Familia, y colaborar con la cuota asignada anualmente y las actividades que ésta programe en bien de la Institución.
15. La Asociación de Padres de Familia: Cada año, el representante legal (Presidente) convoca a la Asamblea General para elegir La Junta Directiva. Esta elige un representante ante el Consejo Directivo.
16. El Consejo de Padres de Familia: Como órgano de la Asociación, es un medio para asegurar la continua participación de los padres y acudientes en el proceso pedagógico del establecimiento, como se establece en el Art. 31 del Decreto 1860 de 1994. Está constituido por uno o dos voceros de cada curso, quienes son nombrados por los Padres de Familia de sus respectivos cursos. Del Consejo se eligen un representante para el Consejo Directivo.
Artículo 21º ESTIMULOS DE LOS ESTUDIANTES.
1. Izada del Pabellón Nacional: Tiene derecho a Izar el Pabellón Nacional el estudiante que en cada periodo sobresalga por la práctica observable de los valores del Proyecto Educativo de la Institución Educativa el Salvador, a criterio de sus compañeros(as), director de grupo y profesores(as).
2. Izada del Pabellón de la Institución Educativa el Salvador: Tiene derecho a izar el Pabellón de la Institución, aquel estudiante que sobresalga por la práctica de los valores Institucionales
3. Ser nombrado El mejor estudiante de la Institución Educativa el Salvador del año; entre los(as) estudiantes que demuestren en forma observable encarnar todos los valores de la filosofía de la Institución y excelente rendimiento académico.
4. Recibir Menciones de Honor al finalizar el año lectivo para:
 Estudiantes que se han distinguido en: responsabilidad, colaboración, esfuerzo, excelencia académica, presentación personal y para el estudiante que haya sido designado como el deportista del año.
 Para el estudiante del último grado de cada nivel de escolaridad que obtenga la calificación de excelente en todas las áreas de estudio y comportamiento humano.
5. Condecoración de la Institución Educativa el salvador : Al estudiante que habiendo cursado y aprobado todos sus años en la Institución y perteneciendo al último nivel existente, se haya destacado como el mejor Estudiante de la Institución Educativa el Salvador, tanto por haber encarnado los valores de la Institución y haberse distinguido por su sociabilidad y compañerismo.
6. Condecoración al mejor ICFES.




CAPITULO V

PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO

Artículo 22 º : FALTAS LEVES DE LOS(AS) ESTUDIANTES.

Serán consideradas todas aquellas actitudes que obstaculicen el libre desarrollo de la personalidad del (la) estudiante y del avance del currículo de la institución educativa el salvador, al no cumplir con los deberes señalados en el mismo Manual de convivencia y al realizar algunos de los siguientes actos.

1. Faltar o llegar tarde a la Institución,a las clases sin justificación o autorización.
2. Impuntualidad e inasistencia a las actividades programadas por la Institución.
3. El no llevar oportunamente a los padres de familia o acudiente, la información que envíe la Institución a través de circulares, citaciones o boletines.
4. llevar en forma inadecuada los dos uniformes de la institución tanto el de educación Física como el de diario.
5. Venir con el uniforme que no corresponde según el horario.
6. Utilizar inadecuadamente el uniforme o tener mala presentación personal. En las niñas: el maquillaje inadecuado, accesorios como: tatuajes, joyas, pearcing, balacas, moños, etc. En los hombres: cabello largo, aretes, tatuajes, peinados inadecuados, maquillajes de colores, joyas, pearcing, etc.
7. Utilizar prendas o accesorios que no corresponden al uniforme.(como: Pañoletas, pulseras, collares, gafas deportivas, chaquetas gruesas, cachuchas, gorros, botones de prendedor, etc.)

8. Usar el uniforme de la Institución en horas y lugares inadecuados en la calle .(Como: Bares, Heladerías, Billares, discotecas).

9. Salirse del aula de clase en los cambios de horario o cuando el o la profesor(a) no se encuentren en el aula, sin previa autorización.
10. Hacer desorden dentro del salón, ruidos escándalos, pararse cuando no lo debe hacer, charlar, o cometer cualquier acto de indisciplina cuando se debe estar poniendo atención a la clase.
11. Usar un vocabulario soez o descortés dentro de la institución hacia profesores(as), directivos, compañeros(as) o empleados(as).
12. Desacatar las órdenes y observaciones que se le hacen al o la estudiante.
13. Destruir o irrespetar los útiles escolares de los(as) compañeros(as) y los propios.
14. Hacer mal uso de los servicios públicos y bienes muebles de los que dispone en la Institución .(Como sillas, papeleras, canecas de basura, implementos deportivos, tizas, tablero, etc)
15. Destruir y/o sabotear las carteleras, material del aula y medios de comunicación de la Institución.
16. Arrojar basuras a los lugares que no se debe.
17. Irrespetar los actos cívicos ,deportivos, religiosos y/o culturales.
18. Quedarse por fuera de las clases o actividades Pedagógicas programadas por el o la profesor(a) o la Institución.
19. Realizar actividades diferentes a la propia de la clase y hacer uso indebido del tiempo libre.
20. levantar falsos testimonios sobre cualquier persona de la Institución.
21. manifestar, en forma imprudente y vulgar aspectos de la sexualidad propia y de los demás
22. Aprovecharse en cualquier aspecto de los más pequeños o indefensos.
23. Jugar bruscamente dentro o fuera del aula.
24. Promover ventas de comestibles o artículos dentro de la Institución.
25. Evadir la responsabilidad de hacer el aseo, el día que le corresponde.
26. Incumplir con talleres, tareas, trabajos y responsabilidades académicas.
27. Hacer charlas pesadas con los compañeros(as), docentes, o a cualquier personal de la Institución .
28. Utilizar sobrenombres y/o apodos a los demás.
29. Ingresar al restaurante a comer sin estar inscrito o ser invitado.
30. Manifestar rebeldía y/o indiferencia desacatando las órdenes dadas por el superior competente.
31. Portar y utilizar distractores que perturben las actividades pedagógicas.
32. Indisponer al hogar con la Institución y viceversa llevando información distorsionada.
33. Salir entrar y/o permanecer sin autorización en cualquiera de las dependencias de la Institución durante el tiempo destinado al desarrollo de actividades pedagógicas, o en horas extra-clase.
34. Comportamiento inculto o no cívico: Escupir, saboteo de la clases, silbidos, gritos, apodos, escritos y frases de mal gusto, modales incorrectos, masticar chicle y/o comer durante las clases, y en todas las actividades programadas para reunión general del estudiantado dentro y fuera de la Institución.
35. La reiteración de las faltas leves.


Artículo 23 º : ESTRATEGIAS FORMATIVAS PARA FALTAS LEVES DE LOS(AS) ESTUDIANTES.


Las estrategias formativas para faltas leves se establecerán de manera consensuada entre el Profesor(a), el estudiante implicado y el padre de familia, (a) teniendo como base las características propias de una adecuada acción pedagógica desde los proyectos pedagógicos. Las estrategias son:

 Elaboración de carteleras, debates, exposiciones, realización de folletos, referentes al tema sobre el cual el o la estudiante han cometido la falta.
 Presentarse en el colegio antes de la hora oficial de la entrada o permanecer después de terminar el horario de clases para ponerse al servicio y colaboración de la Institución y quien estará dirigido por el Coordinador o el encargado de la disciplina.
 Retener los artículos como videos, walkman, radios, grabadoras, discman, pearcing, entre otros , estos serán devueltos al padre de familia.

 Si el caso lo amerita el o la estudiante debe ser remitido al Psicólogo, Psico orientador o Consejero escolar , u otro profesional que se requiera y este profesional y el director de grupo deben ponerse en contacto para que conjuntamente busquen alternativas que conlleven a la sana convivencia del estudiante en el medio académico, familiar y social.

 Realizar una asamblea de grupo, para tratar el caso del estudiante implicado o del mismo grupo si requiere de estrategias de modificación de comportamientos inadecuados, como proceso formativo y democrático.

 Vincularlo a las actividades de los proyectos pedagógicos, lo cual es obligación de los educadores responsables de estos proyectos.

 Vincularlos a las actividades programadas por la Secretaría de Educación Municipal o del estado


Artículo 24º : PROCESO PARA REALIZAR SANCIONES FORMATIVAS DE LAS FALTAS LEVES

Las sanciones formativas serán tratadas directamente por el o la profesor(a), o el director(a) de grupo y/o el coordinador, siguiendo este proceso:

 Escuchar la versión del o la estudiante involucrado en el hecho y de la del docente en compañía de su acudiente.
 Propiciar un dialogo pedagógico y reflexivo sobre la falta cometida.

 Notificación a los padres de familia, para acordar soluciones inmediatas, las cuales se evaluarán en un tiempo prudente.
 Determinar la responsabilidad y la estrategia para su corrección, consignarla por escrito en el observador.
 Seguir el conducto regular según lo establecido en el cuadro de faltas leves.
 Suspensión del establecimiento de uno a tres días: se efectúa si el estudiante reincidió en sus comportamientos. Será consignado en el observador, haciendo referencia a los artículos sobre las faltas cometidas; previamente se le informará al padre y se le asignarán trabajos o talleres por los cuales debe responder. El coordinador determina la sanción formativa de acuerdo al procedimiento establecido en este artículo.

Artículo 25º : FALTAS GRAVES DE LOS(AS) ESTUDIANTES.
Son considerados como faltas graves de los(as) estudiantes las que atentan directamente contra los principios educativos y la sana convivencia Institucional

1. El incumplimiento a las medidas formativas y/o pedagógicas que ya se habían estipulado en las faltas leves.
2. Incumplir con los criterios pedagógicos para la convivencia y utilización de los servicios de apoyo educativo.
3. El fraude en las tareas, evaluaciones y trabajos.
4. Presentarse a la Institución en estado de embriaguez o bajo efectos de sustancias psicoactivas o alucinógenas.
5. Salirse de la Institución o de la clase sin ser autorizado por el docente, coordinador o la Rectora.
6. Motivar a los compañeros en enfrentamientos y peleas dentro y fuera de la Institución o inducir premeditadamente a miembros de la comunidad o cometer faltas que alteren la sana convivencia.
7. Destruir o rayar con premeditación los muebles o enseres y materiales didácticos de la planta física de la comunidad educativa El Salvador.
8. Agredir física y/o verbalmente a un(a) compañero(a) profesor(a) , directivos(as) o empleados(as) de la Institución.
9. Hurtar objetos o dinero a un(a) compañero(a) profesor(a) , directivos(as) o empleados(as) de la Institución.
10. Portar cualquier tipo de arma de fuego o corto punzante ( reales o de Juguete), dentro de la Institución.
11. Amenazar a un(a) compañero(a) profesor(a), directivos(as) o empleados(as) de la Institución.
12. Incitar a lo(as) compañeros(as) al uso de drogas o sustancias alcohólicas.
13. Fumar dentro de la Institución.
14. Negarse a firmar en forma agresiva y descortés las anotaciones disciplinarias que se le hayan hecho.
15. Cometer actos que atenten contra la dignidad de sí mismo o de los(as) compañeros(as). (Como :Calumnia, estafa, difamación, entre otras


Artículo 26º : ESTRATEGIAS FORMATIVA PARA FALTAS GRAVES DE LOS (AS) ESTUDIANTES.

Las faltas graves ameritan las siguientes estrategias formativas teniendo en el debido proceso y los proyectos pedagógicos.

En caso de observarse en comportamientos favorables después de 4 meses, el Consejo Directivo se reunirá, evaluará el proceso y podrá crear los estímulos convenientes.

 Si el comportamiento inadecuado tiene que ver con problemas de alcoholismo y/o drogadicción, deberá asistir a un centro de atención especializada en estos problemas y presentar certificado de asistencia, desintoxicación y evaluación de la situación para ser acompañado desde la asesoría escolar. La familia debe involucrarse y comprometerse con este proceso.
 Si el consejo directivo acuerda suspensión para un estudiante por las faltas cometidas, en el tiempo que permanezca en la casa debe cumplir con todas las actividades académicas asignadas y sustentarlas cuando el docente le solicite en el transcurso de la suspensión formativa.
 Realización de una acción social en beneficio de la comunidad educativa, acompañada y/o persona que certifique el cumplimiento de dicha actividad durante el tiempo de la suspensión o después de terminada.
 En caso de robo o daño debe reponer lo dañado o robado y acogerse a las decisiones tomadas por la rectora o coordinador de la Institución.
 Si el caso lo amerita debe ser remitido a la Comisaría o al CERCA o las autoridades competentes.
 Si el caso lo amerita el o la estudiante debe ser remitido al Psicólogo, o a otro profesional de la salud y/o a otra autoridad competente.
 En caso de decomisársele armas estas serán devueltas a las autoridades competentes.
 Todos los estudiantes que incurran en faltas graves deben ser incluidos en los proyectos pedagógicos de la institución, acción obligatoria de los educadores de cada proyecto.
 Deben ser tenidos en cuenta para los programas de las diferentes Secretarías del Municipio de Medellín.
 Deben ser tenidos en cuenta para las salidas pedagógicas, pero teniendo en cuenta el manejo de estos estudiantes en los Proyectos Pedagógicos.
 Recomendar cambio de institución, estableciendo acuerdos con otras instituciones y con los acudientes.

Artículo 27º: PROCESO PARA REALIZAR SANCIONES FORMATIVAS PARA FALTAS GRAVES.

Para la sanción formativa para faltas graves del estudiante se tendrá en cuenta el siguiente proceso:
 El o la profesor(a) o persona que tenga conocimiento de la realización de un comportamiento inadecuado relacionado con faltas graves, del estudiante, debe dirigirse al director de grupo y éste a su vez al coordinador general, y notificar la versión de los hechos.
El coordinador general, verificara la información recibida y recolectara las pruebas necesarias, y siguiendo el debido proceso se prepara para iniciar el procedimiento.

Notificación y citación al estudiante y al acudiente por parte del coordinador para el inicio el debido proceso.


Relación de los hechos, mediante versión libre, con el estudiante implicado, el acudiente, el educador, coordinador general y si es del caso las personas que se requieran.

 Si El coordinador general, lo considera necesario puede remitir el caso a la rector o Consejo Directivo, quien siguiendo el debido proceso puede resolver la situación.

 Hacer uso del contrato pedagógico: En caso de no demostrar ningún cambio favorable en el comportamiento por el cual se le asignó el contrato, el rector podrá sancionar durante cinco días y el Consejo directivo podrá hacerlo 10 ó 15 días mediante acuerdo y resolución rectoral.
 La suspensión de 5 días la hace el rector mediante resolución rectoral
 La suspensión de 10 días la hace el Consejo Directivo mediante acuerdo consignado en el acta y con resolución rectoral.
 La suspensión de 15 días la hace el Consejo Directivo mediante acuerdo registrado en el acta y con resolución rectoral.
 Para toda notificación de sanción formativa se debe hacer referencia al articulado donde está registrada la falta y la calidad de la asignación de la sanción.



Artículo 28º : FALTAS GRAVÍSIMAS DE LOS(AS) ESTUDIANTES.
Es aquel tipo de conducta que lesiona en gran medida los valores individuales y colectivos de la Institución Educativa, así como todo tipo de conductas señaladas como delitos en la legislación Nacional ( Código Penal Colombiano).

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1. Reincidir en falta grave.
2. Atentar contra la vida o libertad de cualquier miembro de la comunidad educativa.
3. Todo comportamiento que vaya en detrimento de los principios morales y éticos de la institución.
4. Pertenecer a grupos delictivos u organizaciones no institucionales que atenten contra la sociedad.
5. violación carnal y acoso sexual.
6. Traer drogas Psicoactivas o alucinógenas y/o sustancias alcohólicas a la Institución o consumirlas o comercializarlas dentro o fuera de de ella.
7. Cualquier amenaza, chantaje o tortura psicológica contra sus compañeros(as), profesores(as), directivos o demás miembros de la Institución.
8. Conformar o hacer parte de pandillas que afecten su normal desarrollo de la Institución y fomentar peleas, agresiones o daños.
9. Incumplimiento al Contrato Pedagógico por falta grave
10. Utilizar el nombre de la Institución Educativa El Salvador para cualquier actividad diferente a las labores académicas, culturales, artísticas, recreativas y deportivas autorizadas por la Rectoría del Plantel o por el Consejo que le corresponda esta función.
11. Irrespetar en forma lesiva, calumniar o injuriar a las Directivas, profesores(as), funcionarios, empleados o estudiantes de la Institución.
12. Incurrir en delitos sancionados por la ley colombiana.
16. Traer a la Institución cualquier tipo de artefactos explosivos y/o elementos químicos peligrosos.
17. Extorsionar a los(as) compañeros o a cualquier miembro de la comunidad educativa.
18. Falsificar y/o adulterar las notas, firmas, permisos o documentos.


Artículo 29º : ESTRATEGIAS FORMATIVAS PARA LAS FALTAS GRAVÍSIMAS DE LOS (AS) ESTUDIANTES.

1. Enviar la historia del estudiante registrada en la ficha de seguimiento de la institución a las dependencias que lo requieran.
2. Vincularse a alguno de los programas del estado a través de las Secretarias del Municipio de Medellín por el tiempo en el cual ha sido excluido.


Artículo 30º : PROCESO PARA SANCIONES FORMATIVAS DE LAS

FALTAS GRAVÍSIMAS


1. Las personas que presenciaron los hechos que implicarían falta
gravísima informarán al educador, al coordinador o al rector de la
Institución sobre lo acontecido.

2. El coordinador hace la investigación preliminar que amerita la
notificación al implicado o los implicados

3. Notificación al implicado y al acudiente.

4. Versión libre y confrontación de los hechos con el o los estudiantes
implicados, el acudiente y las personas requeridas según el caso.

6 Se debe tener por escrito todo el proceso, y la historia del implicado con la firma de quienes han intervenido, lo mismo que la historia de las estrategias utilizadas, los avances en los cambios de actitud, los comportamientos, el conjunto de actividades en las cuales estuvo participando de acuerdo a los proyectos pedagógicos, las intervenciones psicológicas siquiátricas o de consejería en las que ha estado, su situación de liderazgo y su proceso de rendimiento académico; todo esto en el marco de un debido proceso. Esta documentación debe ser remitida al Consejo directivo.

7. Remisión al Consejo directivo del caso si hubo méritos para considerar
que el estudiante incurrió en falta gravísima. El Consejo directivo
requerirá la presencia del acudiente y el implicado para su respectivo
descargo en caso de que sea necesario. El estudiante y el acudiente
podrán solicitar audiencia con el Consejo Directivo.

8. El acudiente o el estudiante podrán solicitar durante el debido proceso,
la presencia del personero de la institución
10. El Consejo Directivo podrá Excluir en forma definitiva al estudiante, de la Institución educativa El Salvador hasta por tres años mediante acuerdo y resolución rectoral.

19. Es responsabilidad de la Institución, para toda falta que amerite la exclusión inmediata y a la cual se le haya hecho el debido proceso, dejar constancia en su ficha acumulativa.
20. En caso de retiro y cancelación de matricula, cualquiera que sea el motivo, es obligación de la familia o acudiente ponerse a paz y salvo en el restaurante, biblioteca, secretaría y firmar la cancelación de la matricula y entregar en esta última dependencia el carnet estudiantil.
21. En caso de que el o la estudiante haya incurrido en delitos sancionados por la ley Penal Colombiana, la representante legal de la Institución hará la correspondiente denuncia ante las autoridades competentes.

PARÁGRAFO: El análisis de la falta gravísima, puede ocasionar la expulsión inmediata de un(a) estudiante de la Institución, en cualquier época del año escolar, decisión que le corresponde tomar al Consejo directivo de la institución, mediante acuerdo la cual se notificará mediante resolución rectoral a al estudiante y a sus padres o acudientes.

El estudiante tendrá derecho al recurso de reposición y subsidiariamente al de apelación en el término de 10 días hábiles a partir de la fecha de notificación de dicha providencia.


Artículo 31 º : PROCEDIMIENTOS PARA LA APLICACIÓN DE ESTRATEGIAS FORMATIVAS PARA LAS FALTAS, LEVES, GRAVES Y GRAVÍSIMAS.

Para dar cumplimiento a los postulados constitucionales del debido proceso , el derecho a la defensa y en aras de garantizar una sana convivencia institucional y la legalidad del presente manual de convivencia de la Institución Educativa El salvador, se reglamenta a continuación los pasos que se deberán seguir en los procesos disciplinarios.

1. Reflexión verbal y reflexiva en privado. Según sea el caso se invita al estudiante a reflexionar a cerca del comportamiento inadecuado presentado y se le da la oportunidad de auto corregirse. El o la docente estará atento para observar si la estrategia formativa modificó la conducta del estudiante o de la estudiante, se deja constancia por escrito en la ficha de seguimiento y observador del estudiante.

2. Amonestación escrita. Esta puede hacerse en el Observador del estudiante o en la ficha de seguimiento. Si el o la estudiante presenta un comportamiento grave, o gravísimo o si persiste en una falta leve, ésta la puede realizar el director de grupo o por el docente que conozca el caso, debe ser firmada por el estudiante y el o la docente y si el padre de familia se hizo presente debe firmarla para que quede constancia de que conoce el proceso. Si el estudiante se niega a firmar se anotará y se buscarán dos testigos que firmen.


3. Notificación al padre de familia y/o acudiente. Si el o la estudiante reincide en la falta, el docente o autoridad que conozca el caso notificara por escrito al padre de familia o acudiente, por teléfono o con una cita escrita, se registra en la ficha de seguimiento o en el observador, esta debe ser firmada por el estudiante en cuestión, el padre de familia y el profesor(a) o autoridad respectiva. Se debe escribir el proceso llevado hasta el momento.
4. Suspensión del establecimiento de uno a tres días: se efectúa si después del paso anterior el estudiante reincide en sus comportamientos. Lo ejecuta el coordinador general. Será consignado en el observador y en la ficha de seguimiento, previamente se le informará al padre o acudiente y se le asignarán trabajos o talleres por los cuales debe responder.
5. Retiro temporal de 5 a 15 días. Será aplicado por el rector en el caso de los cinco días; y en el caso de los 10 o 15 días el Consejo directivo, mediante acuerdo y resolución rectoral.
6. Expulsión o Cancelación de matricula. Cuando el estudiante incurrió
en faltas gravísimas el coordinador remite la investigación , por escrito al
Consejo Directivo, y mediante resolución rectoral se determina la
cancelación de matrícula y expulsión de la Institución Educativa El
Salvador.

PARÁGRAFO 1: En cualquiera de los casos el estudiante es libre de compartir su problema con otra instancia, pero el conducto regular se sigue.
PARÁGRAFO 2: En cualquiera de las instancias el estudiante tiene el derecho a interponer el recurso de reposición y el de apelación si él lo considera.

Artículo 32º CAUSAS QUE MOTIVAN LA CANCELACIÓN INMEDIATA DE LA MATRICULA Y EXCLUSION DE LA INSTITUCION.
1. Las Falta graves según lo establecido en el artículo 25 de este Manual.

2. El aborto, atraco, extorsión, secuestro, sicariato, amenaza a la vida comprobada, drogadicción, tráfico de drogas, homicidio, prostitución, alcoholismo y la corrupción de menores. Y demás actos que atenten contra el derecho a la libertad y a la vida y en general a los derechos fundamentales constitucionales.
3. Portar sin autorización, guardar y/o utilizar elementos corto punzantes, de fuego y/o artefactos explosivos reiteradamente.

4. Cualquier causa que ocasione intervención penal judicial, pérdida de libertad (reclusión en una cárcel o casa para menores de edad).
5. Las demás faltas que se contemplan o no en este manual como graves y que ameriten su retiro forzoso de la Institución.


Artículo 33º . RECURSOS DE REPOSICIÓN Y APELACIÓN:
Contra las decisiones de las autoridades del Gobierno Escolar, proceden los recursos de reposición y apelación.
 El recurso de Reposición se interpone ante el mismo funcionario que tomó la decisión, para que lo aclare, modifique, renueve o ratifique.
 El recurso de apelación se interpone ante el inmediato superior administrativo, con el mismo propósito descrito en la reposición.
Estos dos recursos se presentan ante la autoridad de la Institución educativa que profirió la sanción y dentro del término legal, en los 3 días hábiles siguientes:
La institución tiene 10 días para responder los recursos.

Deberán reunir los siguientes requisitos:

1. Interponer por escrito, dentro del término legal, personalmente por el interesado o mediante un representante legalmente constituido.
2. Sustentarse con el fin de señalar los motivos específicos del reclamo.
3. Si se interpusiere el recurso de apelación, a voluntad del recurrente, solicitar la práctica de pruebas y relacionar las que se pretende hacer valer.
4. Identificación completa del recurrente.
5. Acreditar el cumplimiento de lo que el recurrente reconoce deber, o haber incurrido.

PARÁGRAFO 1: En cualquiera de estos casos, tanto en el recurso de reposición como en el de apelación, el recurrente debe informar por escrito a la máxima autoridad de la Institución , el o la Rector(a), en la misma fecha en la que hace uso del derecho.
PARAGRAFO 2: Los gastos económicos que acarree cualquiera de estos recursos, son cubiertos por quien interpone el recurso.

Artículo 34 º . DE LA REVOCATORIA:

Las decisiones de las autoridades educativas, podrán ser revocadas por los mismos o por sus inmediatos superiores de oficio o a la solicitud de parte, en cualquiera de los siguientes casos:

1. Cuando se manifieste su oposición a la Constitución Política de Colombia, la legislación oficial ya sea civil o Institucional o a las sentencias de la Corte Constitucional, o al Proyecto educativo de la Institución Educativa el Salvador.
2. Cuando atente contra el interés social y colectivo, comprobado.
3. Cuando se cause simultáneamente un agravio injustificado a una persona.

Artículo 35 º . DERECHO A LA DEFENSA:

Todos los miembros de la Comunidad Educativa, pueden presentar sus descargos ante la persona competente, en forma escrita, en un plazo de diez (3) días hábiles después de cometida la falta. La instancia competente debe dar respuesta en el término de una semana.


Artículo 36º . PRESENTACIÓN DE QUEJAS Y RECLAMOS:
1. El implicado que lo considere necesario, puede solicitar el diálogo a la persona implicada. Este debe ser atendido a la menor brevedad posible, no más de una semana.
2. Si esto no fuere suficiente, el estudiante, solicita el diálogo con la persona competente siguiendo el conducto regular. Si no fuere atendido continúa el proceso.
3. En cualquiera de los casos el estudiante puede hacer uso del derecho que tiene de comunicar su situación a el ó la Rector(a) sin que esto afecte el conducto regular.

Artículo 37º . PROHIBICIÓN: . Se prohíbe rotundamente portar, vender o consumir en la Institución o fuera de ella, cualquier dosis (incluyendo la personal) de estupefacientes y sustancias psicotrópicas o psicoactivas.Esta es considerada una falta grave
PARÁGRAFO 1: Se entiende por lugares fuera de la Institución: los andenes y zonas verdes del mismo y sus alrededores, y en situaciones como acto cívico, cultural, religioso, científicos, deportivo, jornadas pedagógicas, convivencias, retiros y salidas pedagógicas, en las cuales la Institución haga presencia como comunidad educativa. Si médicamente se le comprueba que consume sustancias psicoactivas, esto también será considerado como falta. Al estudiante no se le puede obligar a hacerse el examen.

Artículo 38º . EXCLUSIÓN INMEDIATA:
Si el o la estudiante se niega a aceptar las estrategias sugeridas, de acuerdo al debido proceso contenidas en el presente manual, será excluido con cancelación de matricula inmediatamente, por el Consejo Directivo mediante resolución rectoral.


Articulo : 39 ATENUANTES DE LA FALTA.

Los siguientes hechos permitirán tratar más benevolentemente la sanción al estudiante:

1. El buen comportamiento, cumplimiento de los deberes y responsabilidades en la institución.
2. La confesión voluntaria cuando en la institución no se tiene un conocimiento de la falta, y además acumulación de faltas.
3. El haberse dejado manipular para cometer la falta.
4. El haber actuado para defender sus derechos individuales y/o comunitarios.
5. El poco efecto perturbador que su conducta produzca en el estudiante que la realiza y en los demás miembros de la Comunidad Educativa; o cuando los bienes comprometidos sean de muy baja cuantía.
6. El proceso de superación de las faltas anteriores.
7. Los antecedentes.
8. Las consecuencias de la falta cometida, investigada y comprobada.

Articulo: 40

Los siguientes eventos harán más grave la falta:

1. El haber mentido para justificar la falta.
2. El haber sido sancionado con anterioridad por faltas a los compromisos y deberes estipulados en este Manual De Convivencia.
3. La premeditación de la falta.
4. El haber obrado en complicidad con otro/a u otros/as, o haber sido coautor.
5. El efecto perturbador que su conducta produzca en los demás miembros de la comunidad educativa, o cuando los bienes comprometidos sean de mayor cuantía.
6. El haber ocultado la falta.
7. El cometer la falta abusando de la confianza depositada en él por los directivos, profesores y profesoras o compañeros y compañeras.
8. Cuando comprometa el buen nombre de la institución.
9. La reincidencia en faltas leves o graves.
10. Los antecedentes.
11. Las consecuencias.

Artículo 39º CONDUCTO REGULAR:

1. APLICACIÓN DEL CONDUCTO REGULAR
Para la solución de algún caso especifico, siempre se debe llevar el siguiente conducto regular y toda la comunidad educativa, lo debe respetar para contribuir a la solución asertiva y oportuna de las situaciones que se nos presenten.
CONDUCTO REGULAR

1 Estudiante Dialogo directo con el implicado en el problema.
2 Profesor(a) de la Asignatura o quien haya visto la falta Dialogo, aclarando la situación.
3 Director de grupo Intervención en el problema si la situación lo amerita. Cita al padre de familia de acuerdo a la falta o situación debe dejar constancia en el observador.
4 Coordinador Si aún persiste el problema, el coordinador debe revisar el debido proceso y de acuerdo a este tomar una alternativa de solución teniendo en cuenta el manual de convivencia. Debe dejar constancia de esta reunión por escrito en el observador del alumno.
5 Rector Presentación del problema, si el caso no ha sido resulto satisfactoriamente, analizará el proceso realizado al estudiante y citar al padre de familia para notificar la falta o darle solución a la situación de acuerdo al manual de convivencia, debe dejar constancia de esta reunión por escrito.
7 Consejo académico o directivo Se le debe enviar una carta y esperar que el consejo se reúna para tomar una decisión definitiva, apoyándose en lo legal, en el manual de convivencia , en punto de vista pedagógico y en el bien común.

 EL CONDUCTO REGULAR:
Cada persona implicada debe seguir el conducto regular pertinente. El conducto regular será:
PARÁGRAFO 1: Para los estudiantes y padres de familia: Profesor(a), Directora de grupo, Coordinador(a), Rector(a) y/o Consejo Académico, consejo de promoción y evaluación, Consejo Directivo.
PARAGRAFO 2: Para los docentes: Coordinador(a) Académica o disciplinaria; Consejo Académico, Rector(a) y el Consejo Directivo .
PARÁGRAFO 3: Para empleados(as) Secretarias, ayudantes del restaurante, auxiliares de secretaría , celadores, aseadoras, empleados varios: Su jefe inmediato, Rector y el consejo Directivo,.
PARÁGRAFO 4: Toda solicitud a uno de los Consejos, debe ser presentada por escrito y a través del o la Rector(a).

Artículo 40º COMPETENCIAS EN EL PROCESO DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS, SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS.

1. LOS PROFESORES: Los profesores serán competentes para el llamado de atención , el cual consiste en un dialogo con el educando, para hacerles reflexionar sobre la conducta errónea y para fijar metas de rectificación , si el estudiante no atiende al llamado de atención verbal, el docente debe consignar en el observador el seguimiento que ha realizado y si la falta persiste debe notificarle a los padres de familia y hacer la anotación en la ficha de seguimiento.
2. DIRECTOR DE GRUPO: Será competente para las amonestaciones verbal y escrita , si el estudiante demuestra reincidencia en la falta debe citar al padre de familia y ponerlo al tanto de la situación , debe dejar por escrito la constancia de la reunión con el padre de familia ,debidamente firmada . Si el caso lo amerita debe hacer la anotación en la ficha de seguimiento.
3. EL COORDINADOR: Será competente para dialogar con el estudiante y establecer una sanción, debe notificarle al padre de familia si el caso lo amerita o a partir del tercer llamado de atención. Debe quedar constancia en el observador o en la ficha de seguimiento de acuerdo al caso, debidamente firmada por el estudiante, padre de familia y coordinador. Todos los educadores que hayan intervenido en el procedimiento deben analizar la situación del estudiante. El coordinador será autoridad competente para la suspensión de actividades curriculares.
4. LA RECTORA Y EL CONSEJO DIRECTIVO: Son autoridades competentes para la suspensión temporal de 5 días, en el caso del rector; y suspensión de 10 ó 15 días o la cancelación de matricula en el caso del Consejo Directivo.
Ellos recibirán los descargos, para este proceso debe estar presente el padre de familia o acudiente o en su defecto el personero de los estudiantes.
El consejo directivo adoptará la decisión pertinente y el rector dictará la resolución respectiva.

5. Al iniciar el primer periodo lectivo de la institución, por orientación del Consejo Directivo, hará reunión con los estudiantes reincidentes y que nunca tuvieron un cambio de actitud y se les dará a conocer la decisión de la institución de no ser recibidos, esto se hará con el comisario de familia, los estudiantes el Consejo de educadores y Consejo directivo en pleno. Se les recomendara cambio de institución. Es de anotar que a estos estudiantes se les notificó cambio de institución desde noviembre de 2005, por escrito.


CAPITULO VI

MANEJO DE ESTUDIANTES DETECTADOS CON PROBLEMAS DE TENENCIA, TRÁFICO Y CONSUMO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS PSICOTRÓPICAS O SICOACTIVAS.
Teniendo en cuenta lo estipulado por el Decreto 1108/94, Arts: 9º, 10,º 11º, para los estudiantes de la Institución Educativa el Salvador se reglamenta:

LAS SIGUIENTES MEDIDAS PREVENTIVAS:
Se establecen como medidas preventivas para los estudiantes que se detecten consumiendo Estupefacientes o sustancias psicotrópicas o psicoactivas, lo siguiente:
1. Estar vinculados a algunos de los proyectyos pedagógicos de la institución y fundamentalmente al proyecto de prevención del consumo de sustancias psicotrópicas.
2. El estudiante y el acudiente deben demostrar disposición en forma escrita para acogerse voluntariamente a un programa de orientación relacionada con la formación en prevención integral para afrontar el riesgo de la fármaco dependencia.
3. Solicitar cita en un Centro de Atención y Ayuda que maneje problemas de fármaco dependencia y alcoholismo
4. Iniciar y terminar sin interrupciones el programa establecido por dicho departamento médico.
5. Presentar mensualmente informes y constancias a la Rectoría sobre el seguimiento realizado por el Centro de Atención y Ayuda.
6. Todos estos gastos corren por cuenta de la familia del estudiante.
7. El o la estudiante acompañado con su acudiente deberán asistir a un tratamiento Psicológico para un seguimiento psicosocial.
PARAGRAFO: Si el estudiante o el acudiente no acepta la ayuda de un centro de Toxicología recomendado por la institución, el estudiante quedará excluido, con cancelación de matrícula, de inmediato por la actitud negligente que presenta frente al cambio y al tratamiento de recuperación.

CAPITULO VII

EL GOBIERNO ESCOLAR

En la Institución Educativa el Salvador, se conformará de la siguiente manera:
1. El Rector.
2. Coordinador
3. El Consejo Directivo.
4. El Consejo Académico.
5. Comisión de Evaluación y Promoción.
6. Consejo de padres.
Órganos Consultores: Directivos, Consejo de Profesores, Consejo de Padres de Familia, Consejo de Estudiantes, personero, representante del Consejo de estudiantes
1. El Rector: Representante de la Institución, por delegación directa de la comunidad, a través del nombramiento hecho por la Secretaria de Educación. El es el ejecutor de la decisiones del Gobierno Escolar (Cfr. Artículo 20 Decreto 1860 de 1994).
Funciones del Rector:
 Ser facilitador(a) de la transformación cultural.
 Gerenciar el direccionamiento estratégico de la organización.
 Representar el establecimiento ante las autoridades educativas y la comunidad escolar.
 Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyan la Ley, los reglamentos y el Manual de Convivencia.
 Dirigir la preparación del Proyecto Educativo Institucional con la participación de los distintos actores de la comunidad educativa.
 Presidir el Consejo Directivo y el Consejo Académico de la Institución y coordinar los distintos órganos del Gobierno Escolar.
 Aplicar las decisiones del Consejo Directivo. Siempre y cuando no sean contrarias al P.E.I.E.S.
 Velar por el cumplimiento de las funciones de todos los miembros de la COMUNIDAD EDUCATIVA
 Velar por el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para la gestión educativa.
 Formular planes anuales de acción y de mejoramiento de calidad, y dirigir su ejecución.
 Favorecer las buenas relaciones entre los miembros de la C.E.I.E.S, para asegurar el bienestar y la convivencia a los mismos.
 Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la C.E.I.E.S.
 Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico.
 Aplicar las disposiciones que se expidan por parte de los entes gubernamentales, eclesiásticos y civiles, atinentes al servicio público educativo.
 Escuchar a los miembros de la Comunidad Educativa, de acuerdo a su competencia.
 Dar participación a la Comunidad Educativa.
 Dirigir el trabajo de los equipos docentes y establecer contactos interinstitucionales para el logro de las metas educativas.
 Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes al personal docente y administrativo y aplicar los correctivos pertinentes.
 Aprobar el personal asignado a la institución en lo relacionado con las novedades y los permisos.
 Participar en la definición de perfiles para la selección del personal docente, y en su selección definitiva.
 Distribuir las asignaciones académicas, y demás funciones de docentes, directivos docentes, administrativos a su cargo, de conformidad con las normas sobre materia.
 Realizar la evaluación anual del desempeño de los docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo.
 Imponer las sanciones disciplinarias propias del sistema de control interno disciplinario de conformidad con las normas vigentes.
 Seleccionar a los docentes que serán apoyados para recibir capacitación.
 Rendir un informe al Consejo Directivo de la Institución Educativa al menos cada seis meses.
 Publicar una vez por semestre en lugares públicos y comunicar por escrito a los padres de familia, los(as) docentes a cargo de cada asignatura, los horarios y la carga docente de cada uno(a) de ellos(as).
 Las demás funciones que le sean competentes.
 Las que le confiere las Constituciones de la Comunidad.

2. Funciones del Coordinador
Según la resolución 13342 de 1982 Art. 4 son funciones del coordinador las siguientes:

 Colaborar con el rector en la planeación y evaluación institucional.
 Dirigir la planeación y programación académica, de acuerdo con los objetivos y criterios de la ley vigentes.
 Organizar a los profesores por áreas de acuerdo con las normas vigentes y coordinar sus acciones para el logro de los objetivos.
 Coordinar la acción académica con la administración de estudiantes y profesores.
 Establecer canales y mecanismos de comunicación.
 Dirigir y supervisar la ejecución y evaluación de las actividades académicas.
 Dirigir la evaluación del rendimiento académico y adelantar acciones para mejorar la retención escolar.
 Programar la asignación académica de los docentes y elaborar el horario general de clases de la institución en colaboración con los jefes de áreas y presentarlo a la rectora para su aprobación.
 Fomentar la investigación científica para el logro de los propósitos educativos.
 Administrar el personal a su cargo con las normas vigentes.
 Rendir periódicamente informe a la rectora de la institución sobre el resultado de las actividades académicas.
 Presentar a la rectora las necesidades del material didáctico de las áreas.
 Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo.
 Participar en el consejo académico y en los demás en que sea requerido.
 Organizar las direcciones de grupo para que sean las ejecutoras inmediatas de la administración de alumnos.
 Coordinar la acción de la unidad a su cargo con la coordinación académica, servicios de bienestar, padres de familia y demás estamentos de la comunidad educativa.
 Supervisar las actividades de su dependencia, tanto académicas como disciplinarias.
 Llevar los requisitos y controles necesarios para la administración de alumnos y profesores.
 Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.
La Institución Educativa El Salvador el coordinador asumirá funciones de coordinador general (Académico y de Disciplina).


Artículo 42º CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO:
El Consejo Directivo de la Institución Educativa el Salvador, como instancia de participación de la Comunidad Educativa, es un organismo de coordinación y asesoría con la Rectora, que coadyuva en la orientación de la Institución y asesora en la toma de decisiones. El consejo Directivo estará integrado por:

El Rector, quien lo convoca y preside,

2. Dos (2) padres de familia, uno nombrado por la Junta Directiva de la Asociación y otro por el Consejo de Padres de Familia.
3. Un representante del área de influencia (sector productivo).
4. Un representante de los Estudiantes del último grado.
5. Un representante de los egresados (cuando hayan y se organice la asociación de los exalumnos.)
6. Dos representantes de los profesores nombrados democráticamente por
ellos mismos.

Parágrafo: Cuando se considere necesario, los coordinadores pueden ser invitados a las reuniones como asesores y consultores de determinados temas.



Artículo 43º FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO:
1. Asesorar y acompañar a la Rectora en la toma de decisiones de este, para el buen funcionamiento de la Institución Educativa el Salvador.
2. Considerar las iniciativas de los miembros de la Comunidad Educativa en la práctica de la participación democrática en la vida escolar.
3. Considerar las sugerencias de los miembros de la Comunidad Educativa para asesorar al Rector
4. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución Educativa el Salvador.
5. Cuando según el Manual de Funciones o el Manual de Convivencia no sean competencia de otra autoridad.
6. Asumir la garantía y defensa de los derechos de toda la Comunidad Educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.
7. Participar en el proceso de evaluación institucional, según orientaciones dadas por la Rectora.
8. Establecer las sanciones que según el Manual de Convivencia sean de su competencia.
9. Recomendar criterios y promover actividades y relaciones de tipo académico, científicas, deportivo, cultural, recreativo y social de la Comunidad Educativa con otras instituciones.
10. Fomentar la conformación de la asociación de Padres de Familia.
11. Reglamentar los procesos electorales a los que haya lugar.
12. Aprobar cada año el Calendario Escolar.
13. Estudiar y aprobar el Plan de Estudios presentado por el Consejo Académico del plantel, reajustarlo cuando sea necesario.
14. Organizar su propio reglamento.
15. Aprobar el Plan de Inversión Anual presentado por el rector.
16. Aprobar los costos académicos y complementarios de la matrícula.


 PERDIDA DE INVESTIDURA
1. Inasistencia a tres (3) reuniones sin justificación.
2. Incurrir en falta grave.


Artículo 44º CRITERIOS PARA EL NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTES AL GOBIERNO ESCOLAR:
Criterios para la elección de representantes.
1. El Rector: Representante de la institución, nombrada por la secretaría de educación.
2. Coordinador: Los Coordinadores como inmediatos colaboradores de el o la Rector(a), serán nombrados por la secretaria de educación . Quien confirmará el nombramiento mediante una resolución y a través de ésta lo dará a conocer ante los estamentos de la Comunidad Educativa. En esta Resolución deben estar consignadas sus principales funciones y tareas, de acuerdo al perfil establecido por el P.E.I.E.S.
3. Docentes: Los representantes de los docentes al Consejo Directivo de la Institución, son elegidos por el profesorado del respectivo nivel en Asamblea General constituida para tal fin. Para ser elegido debe reunir una votación por mayoría absoluta de acuerdo a los siguientes criterios:
7. Tener como mínimo un año de antigüedad en la institución.
8. Demostrar conocimiento y aceptación observable de la Filosofía de la Institución Educativa El Salvador (Proyecto Educativo la Institución Educativa El Salvador: "PEIES”). Ya sea docente, padre de familia o estudiante.
9. Ser cumplidores del Reglamento del Docente y del Manual de Convivencia de la Institución.
 Haber sido nombrados por la secretaria de educación en propiedad o en calidad de provisionalidad.
 Tener actitud crítica evidente.
 El Padre de Familia debe tener un nivel de estudio mínimo del bachillerato.
4. Padres de Familia: Los dos (2) padres de familia que serán elegidos como representantes ante el Consejo Directivo, deben ser miembros el uno de la Junta Directiva de la Asociación y el otro del Consejo de Padres de Familia, nombrados por el grupo a quien representa.
PARÁGRAFO: Los requisitos para que los Padres de Familia pertenezcan al Consejo Directivo son:
 Ser responsable de la matrícula de alguno de los estudiantes de la Institución refrendado con la firma en el libro de matrícula
 Demostrar conocimiento y aceptación observable de la Filosofía de la Institución Educativa El Salvador y del Manual de Convivencia vigente.
 Ser persona con Ética moral observable
 Ser persona honorable y sin problemas con la justicia.
 Ser cumplidor del Contrato Escolar.
 Manifestar sentido de pertenencia a la Institución.
 Tener disponibilidad de tiempo para asistir a las reuniones.

1. Estudiantes: Para pertenecer al Consejo Directivo debe estar matriculado en la institución Educativa El salvador, ser elegido por los estudiantes entre los tres (3) últimos grados que ofrece la Institución.
PARÁGRAFO: Para un estudiante pertenecer al Consejo Escolar requiere:
1. Ser nombrado por los estudiantes por mayoría absoluta, mediante votación secreta, y de acuerdo a los requisitos establecidos en este Manual.
2. Demostrar conocimiento y aceptación observable de la Filosofía de la Institución Educativa el Salvador y del Manual de Convivencia.
3. Ser aceptado por los(as) docentes y Directivas quienes conocen al estudiante como líder positivo en la institución.
4. Tener como mínimo un año de antigüedad en la Institución.

Artículo 45 º. CONFORMACIÓN DEL CONSEJO ACADÉMICO:
El Consejo Académico como instancia superior para participar en la orientación pedagógica del establecimiento, es nombrado por la Rectora.
Está integrado por:

 Consejo Académico: Conformado por:
1. La Rectora quien lo preside.
2. Coordinador(a).
3. Un representante de los grados de Preescolar a 2º.
4. Un representante de los grados de 3º a 5º.
5. Un representante por grado de 6º a 11º
6. Los jefes de área.

Artículo 46º. FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO:
1. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del PEIES.
2. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, proponiendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el Decreto 1860 y 0230 y la legislación vigente.
3. Organizar el Plan de Estudios y orientar su ejecución.
4. Nombrar la Comisión de Promoción.
5. Participar en la Evaluación Institucional anual.
6. Atender los reclamos de Estudiantes y Padres de Familia tramitados por la Comisión de Evaluación y Promoción.
7. Recomendar políticas para la dotación del material y
medios auxiliares de enseñanza.
8. Proponer los criterios de evaluación propios de la Institución que sirven de referente a la Comisión de Promoción.
9. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el PEIES y CE.
10. Suministrar información que contribuya a la auto- evaluación académica de la Institución y actualización permanentemente del Plan de Estudio.

ORGANISMOS DE PARTICIPACIÓN

Artículo 47º. Derechos de los padres de familia. Los principales derechos de los padres de familia en relación con la educación de sus hijos son los siguientes:

a) Elegir el tipo de educación que, de acuerdo con sus convicciones, procure el desarrollo integral de los hijos, de conformidad con la Constitución y la ley;

b) Recibir información del Estado sobre los establecimientos educativos que se encuentran debidamente autorizados para prestar el servicio educativo;

c) Conocer con anticipación o en el momento de la matrícula las características del establecimiento educativo, los principios que orientan el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, el plan de estudios, las estrategias pedagógicas básicas, el sistema de evaluación escolar y el plan de mejoramiento institucional;

d) Expresar de manera respetuosa y por conducto regular sus opiniones respecto del proceso educativo de sus hijos y sobre el grado de idoneidad del personal docente y directivo de la institución educativa;

e) Participar en el proceso educativo que desarrolle el establecimiento en que están matriculados sus hijos y, de manera especial, en la construcción, ejecución y modificación del proyecto educativo institucional;

f) Recibir respuesta suficiente y oportuna a sus requerimientos sobre la marcha del establecimiento y sobre los asuntos que afecten particularmente el proceso educativo de sus hijos;

g) Recibir durante el año escolar y en forma periódica, información sobre el rendimiento académico y el comportamiento de sus hijos;

h) Conocer la información sobre los resultados de las pruebas de evaluación de la calidad del servicio educativo y, en particular, del establecimiento en que se encuentran matriculados sus hijos;

i) Elegir y ser elegido para representar a los padres de familia en los órganos de gobierno escolar y ante las autoridades públicas, en los términos previstos en la Ley General de Educación y en sus reglamentos;

j) Ejercer el derecho de asociación con el propósito de mejorar los procesos educativos, la capacitación de los padres en los asuntos que atañen a la mejor educación y el desarrollo armónico de sus hijos.

Artículo 48º. Deberes de los padres de familia. Con el fin de asegurar el cumplimiento de los compromisos adquiridos con la educación de sus hijos, corresponden a los padres de familia los siguientes deberes:

a) Matricular oportunamente a sus hijos en establecimientos educativos debidamente reconocidos por el Estado y asegurar su permanencia durante su edad escolar obligatoria;

b) Contribuir para que el servicio educativo sea armónico con el ejercicio del derecho a la educación y en cumplimiento de sus fines sociales y legales;

c) Cumplir con las obligaciones contraídas en el acto de matrícula y en el manual de convivencia, para facilitar el proceso de educativo;

d) Contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad mutua que favorezca la educación de los hijos y la mejor relación entre los miembros de la comunidad educativa;

e) Comunicar oportunamente, y en primer lugar a las autoridades del establecimiento educativo, las irregularidades de que tengan conocimiento, entre otras, en relación con el maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas. En caso de no recibir pronta respuesta, acudir a las autoridades competentes;

f) Apoyar al establecimiento en el desarrollo de las acciones que conduzcan al mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes, especialmente en la formulación y desarrollo de los planes de mejoramiento institucional;

g) Acompañar el proceso educativo en cumplimiento de su responsabilidad como primeros educadores de sus hijos, para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores ciudadanos;

h) Participar en el proceso de autoevaluación anual del establecimiento educativo.

Artículo 49º. Asamblea General de Padres de Familia. La Asamblea General de Padres de Familia está conformada por la totalidad de padres de familia del establecimiento educativo, quienes son los responsables del ejercicio de sus deberes y derechos en relación con el proceso educativo de sus hijos.

Debe reunirse obligatoriamente mínimo dos veces al año por convocatoria del Rector o Director del establecimiento educativo.

Artículo 50º. Consejo de Padres de Familia. El Consejo de Padres de Familia es un órgano de participación de los padres de familia del establecimiento educativo destinado a asegurar su continua participación en el proceso educativo y a elevar los resultados de calidad del servicio. Estará integrado por mínimo un (1) y máximo tres (3) padres de familia por cada uno de los grados que ofrezca el establecimiento educativo, de conformidad con lo que establezca el Proyecto Educativo Institucional, PEI.

Durante el transcurso del primer mes del año escolar contado desde la fecha de iniciación de las actividades académicas, el Rector o Director del establecimiento educativo convocará a los padres de familia para que elijan a sus representantes en el Consejo de Padres de Familia.

La elección de los representantes de los padres para el correspondiente año lectivo se efectuará en reunión por grados, por mayoría, con la presencia de, al menos, el cincuenta por ciento (50%) de los padres o de los padres presentes después de transcurrida la primera hora de iniciada la reunión.

La conformación del Consejo de Padres es obligatoria y así deberá registrarse en el Manual de Convivencia.

Artículo 51º. Estructura y funcionamiento del Consejo de Padres de Familia. El Consejo de Padres de Familia deberá conformarse en todos los establecimientos educativos. Podrá organizar los Comités de Trabajo que guarden afinidad con el proyecto educativo institucional y el plan de mejoramiento del establecimiento educativo, de conformidad con los planes de trabajo que acuerde con el rector o director. Los comités podrán contar con la participación de un directivo o docente del establecimiento educativo designado por el rector o director para tal fin.

El consejo de padres es un órgano de participación educativa que no requiere registro ante ninguna autoridad y para pertenecer a él no se podrán establecer cuotas de afiliación o contribución económica de ninguna especie. Se reunirá como mínimo tres veces al año por convocatoria del rector o director, o por derecho propio. Las sesiones del consejo de padres serán presididas por un padre de familia, elegido por ellos mismos.

Las secretarías de educación apoyarán a los establecimientos educativos para que se conformen los consejos de padres de familia y solicitarán informes periódicos sobre su funcionamiento.

Artículo 52º. Funciones del consejo de padres de familia. Corresponde al consejo de padres de familia:

a) Contribuir con el rector o director en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de Estado;

b) Exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes participe en las pruebas de competencias y de Estado realizadas por el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes.

c) Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad;

d) Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados;

e) Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño;

f) Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa;

g) Presentar propuestas de mejoramiento del manual de convivencia en el marco de la Constitución y la ley;

h) Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente;

i) Elegir al padre de familia que participará en la comisión de evaluación y promoción de acuerdo con el Decreto 230 de 2002;

j) Presentar las propuestas de modificación del proyecto educativo institucional que surjan de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los artículos 14, 15 y 16 del Decreto 1860 de 1994;

k) Elegir los dos representantes de los padres de familia en el consejo directivo del establecimiento educativo con la excepción establecida en el parágrafo 2º del artículo 9º del presente decreto.

Parágrafo 1º. El rector o director del establecimiento educativo proporcionará toda la información necesaria para que el consejo de padres pueda cumplir sus funciones.

Parágrafo 2º. El consejo de padres de cada establecimiento educativo ejercerá estas funciones en directa coordinación con los rectores o directores y requerirá de expresa autorización cuando asuma responsabilidades que comprometan al establecimiento educativo ante otras instancias o autoridades.

Artículo 53º. Elección de los representantes de los padres familia en el consejo directivo. El consejo de padres de familia, en una reunión convocada para tal fin por el rector o, director del establecimiento educativo, elegirá dentro de los primeros treinta días del año lectivo a los dos representantes de los padres de familia en el consejo directivo del establecimiento educativo. Los representantes de los padres de familia solo podrán ser reelegidos por un período adicional.

En todo caso los representantes de los padres ante el consejo directivo deben ser padres de alumnos del establecimiento educativo.

Los docentes, directivos o administrativos del establecimiento educativo no podrán ser representantes de los padres de familia en el consejo directivo del mismo establecimiento en que laboran.

Artículo 54º. Asociaciones de padres familia. Para todos los efectos legales, la asociación de padres de familia es una entidad jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro, que se constituye por la decisión libre y voluntaria de los padres de familia de los estudiantes matriculados en un establecimiento educativo.

Sólo existirá una asociación de padres de familia por establecimiento educativo y el procedimiento para su constitución está previsto en el artículo 40 del Decreto 2150 de 1995 y solo tendrá vigencia legal cuando haya adoptado sus propios estatutos y se haya inscrito ante la Cámara de Comercio. Su patrimonio y gestión deben estar claramente separados de los del establecimiento educativo.

Parágrafo 1º. La asamblea general de la asociación de padres es diferente de la asamblea general de padres de familia, ya que esta última está constituida por todos los padres de familia de los estudiantes del establecimiento educativo, pertenecientes o no a la asociación.

Parágrafo 2º. Cuando el número de afiliados a la asociación de padres alcance la mitad más uno de los padres de familia de los estudiantes del establecimiento educativo, la asamblea de la asociación elegirá uno de los dos representantes de los padres ante el consejo directivo, caso en el cual el consejo de padres elegirá solamente a un padre de familia como miembro del consejo directivo.

Parágrafo 3º. En el momento de la afiliación el padre de familia recibirá copia de los estatutos de la asociación en los que conste que ha sido inscrita en la Cámara de Comercio.

Artículo 55. Finalidades de la asociación de padres de familia. Las principales finalidades de la asociación de padres de familia son las siguientes:

a) Apoyar la ejecución del proyecto educativo institucional y el plan de mejoramiento del establecimiento educativo;

b) Promover la construcción de un clima de confianza, tolerancia y respeto entre todos los miembros de la comunidad educativa;

c) Promover los procesos de formación y actualización de los padres de familia;

d) Apoyar a las familias y a los estudiantes en el desarrollo de las acciones necesarias para mejorar sus resultados de aprendizaje;

e) Promover entre los padres de familia una cultura de convivencia, solución pacífica de los conflictos y compromiso con la legalidad;

f) Facilitar la solución de los problemas individuales y colectivos de los menores y propiciar acciones tendientes al mejoramiento de su formación integral de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Decreto 2737 de 1989.

Artículo 56. Manejo de los recursos de la asociación de padres. El patrimonio de la asociación de padres de familia y su gestión deben estar claramente separados de los del establecimiento educativo. Será administrado únicamente por la junta directiva de la asociación de acuerdo con los estatutos. Esta designará al responsable del recaudo de los ingresos que por distintos conceptos reciba la asociación quien, en ningún caso, podrá ser un directivo, administrativo o docente del establecimiento educativo. La junta directiva deberá entregar a sus afiliados al menos un informe semestral sobre su gestión académica, administrativa y financiera.

La Junta Directiva designará al responsable del recaudo y uso de los ingresos que por distintos conceptos reciba la asociación de acuerdo con la planeación financiera establecida por la misma. El responsable de los aspectos financieros de la asociación deberá tener póliza de manejo.

Los bienes de la asociación de padres de familia que favorezcan a la formación de los educandos podrán ser puestos al servicio del establecimiento en los términos del acuerdo que se establezca entre la asociación y la dirección del establecimiento, en el cual se definan los mecanismos que permitan su uso, sostenimiento y mantenimiento.

Parágrafo. Las cuotas extraordinarias serán de destinación específica y solo podrán exigirse si son aprobadas por las tres cuartas (3/4) partes de los asistentes a la asamblea general de asociados, convocada con la debida anticipación. En ningún caso, la asociación podrá establecer cuotas que no estén sustentadas en un plan de desarrollo y plan anual de caja.

Artículo 57. Prohibiciones para las asociaciones de padres de familia. Les está prohibido a las asociaciones de padres de familia:

a) Solicitar a los asociados o aprobar a cargo de estos, con destino al establecimiento educativo, bonos, contribuciones, donaciones, cuotas, formularios, o cualquier forma de aporte en dinero o en especie, o imponer la obligación de participar en actividades destinadas a recaudar fondos o la adquisición de productos alimenticios de conformidad con lo establecido en la Sentencia T-161 de 1994;

b) Imponer a los asociados la obligación de participar en actividades sociales, adquirir uniformes, útiles o implementos escolares en general, en negocios propios de la asociación o de miembros de esta, o en aquellos con los que establezcan convenios;

c) Asumir las competencias y funciones propias de las autoridades y demás organismos colectivos del establecimiento educativo, o aquellas propias de los organismos y entidades de fiscalización, evaluación, inspección y vigilancia del sector educativo;

d) Organizar; promover o patrocinar eventos en los cuales se consuma licor o se practiquen juegos de azar.

Parágrafo. Los miembros de la junta directiva de la asociación de padres de familia no podrán contratar con la respectiva asociación. Tampoco podrán hacerlo sus padres, cónyuges o compañeros permanentes o parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad.

Artículo 58. Ligas, federaciones y confederaciones de asociaciones. Las asociaciones de padres de familia de los establecimientos educativos de cada municipio, distrito o departamento se rigen por el derecho privado y podrán organizarse, en forma libre y autónoma, en ligas, federaciones o confederaciones. Para su funcionamiento, cada una de estas formas de organización adoptará sus propios estatutos, órganos de dirección y administración de acuerdo con las normas vigentes.

El rector o director promoverá la organización de la asociación de padres de familia en el establecimiento educativo como un medio de fortalecimiento de la democracia participativa. La secretaría de educación de la entidad territorial certificada mantendrá una relación permanente con las ligas, federaciones y confederaciones de padres de familia para fortalecer la participación de las asociaciones en los procesos educativos de los establecimientos.

Artículo 59. Prohibiciones para los establecimientos educativos. Les está prohibido a los directivos, docentes, administrativos y propietarios de los establecimientos educativos:

a) Exigir a los padres de familia o estudiantes constancias de afiliación o paz y salvo con la asociación de padres de familia;

b) Imponer a los padres la obligación de afiliación a la asociación de padres de familia como requisito para adelantar cualquier trámite ante el establecimiento educativo;

c) Recaudar dineros o especies con destino a la asociación de padres de familia o cuyo cobro corresponda a esta;

d) Imponer a los padres o estudiantes la obligación de participar en eventos o actividades propias de la asociación de padres de familia o actividades que no estén permitidas en los estatutos;

e) Limitar o impedir por cualquier medio y bajo ningún pretexto, el ejercicio del derecho de asociación que tienen los padres de familia;

f) Imponer costos diferentes de los legalmente establecidos por las respectivas autoridades educativas, o exigir algún pago a través de esta, para el establecimiento;

g) Solicitar a las asociaciones contribuciones financieras con destino al establecimiento educativo o para sufragar gastos de viaje de directivos, docentes o administrativos del establecimiento.

Artículo 60. Inspección y vigilancia. Las secretarías de educación de los departamentos, distritos y municipios, certificados ejercerán la inspección y vigilancia sobre las asociaciones de padres de familia de su jurisdicción, con el fin de que cumplan la Constitución, la ley y sus propios estatutos, y con tal fin deberán mantener información actualizada sobre la existencia de estas organizaciones.

La Cámara de Comercio deberá entregar a la secretaría de educación del departamento, distrito o municipio certificado, copia del certificado de existencia y representación legal de las asociaciones, ligas, federaciones o confederaciones de padres de familia en cada oportunidad en la que se produzcan registros o modificaciones.




Artículo 61 º ELECCIÓN DEL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES:
Debe Establecerse en la institución, el nombramiento del Personero de los Estudiantes el cual será elegido entre la lista presentada por los estudiantes de los tres(3) últimos grados.
1. Los candidatos deben inscribirse y presentar su programa de trabajo en beneficio de los estudiantes y de la Institución, a la Rectoría 20 días antes de posesionarse para coordinar y conciliar sus funciones con la Rector(a) y ser tenido en cuenta su programa dentro del Cronograma de la Institución Educativa El Salvador.

2. La elección se hará mediante voto secreto y durante los primeros cuarenta y cinco (45) días calendario, siguiente al de la iniciación de clases para un período lectivo anual.
3. Su elección debe ser confirmada por el Consejo Directivo.
4. El ejercicio del cargo del Personero de los estudiantes es incompatible con el de representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo.
5. La Rectora convoca una asamblea de estudiantes para abrir la campaña y hacer el nombramiento del personero.
6. La elección de los candidatos a Personería para la conformación del Consejo Estudiantil de la Institución Educativa El Salvador es:

• Motivación y sensibilización al Estudiantado.
• Elección de Voceros en cada grado.
• Inscripción de los estudiantes aspirantes a Personero ante el o la Rector(a).
• Lanzamiento de las campañas ante el estudiantado.
• Organización y Publicación de las mesas de votación.
• Votación y escrutinio para elección de personeros.
• Posesión de Personero de los estudiantes.
Reglamento:
1. Sí el Consejo Directivo lo considera conveniente pospone la fecha de elección con el fin de capacitar a los estudiantes.
2. Si el estudiante incurre en una falta grave se le aplicará la pérdida de investidura.


CRITERIOS PARA PARTICIPAR COMO PERSONERO DE LA INSTITUCIÓN:
 Debe tener un mínimo de formación política.
 No haber tenido Contrato Pedagógico con la Institución o haber mostrado al menos por dos años consecutivos inmediatamente anteriores su buen comportamiento.
 Gozar de aceptación por parte de los miembros de la Comunidad Educativa.
 Haber demostrado su liderazgo en la institución.
 Haber observado buena conducta y aceptación observable de la filosofía de . la Institución Educativa El Salvador.
 Tener buen rendimiento Académico y Disciplinario.
 Haber estado mínimo un (1) año en la institución.

Artículo 62º FUNCIONES DEL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES:
El personero de la Institución Educativa El Salvador tendrá las siguientes funciones:
1. Velar por el cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Política, las Leyes, los reglamentos y el Manual de Convivencia.
2. Representar a los estudiantes cuando su presencia sea requerida dentro y fuera de la Institución.
3. Servir de reconciliador entre sus compañeros cuando las circunstancias lo requieran.
4. Ofrecer campañas que favorezcan el mejoramiento del medio ambiente.
5. Proponer campañas en pro del bienestar y la convivencia pacifica.
6. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para el cual podrá utilizar el Periódico de la Institución u otros medios en común acuerdo con las Directivas de la Institución
7. Colocar en partes estratégicas de la institución. Buzones para sugerencias, quejas o reclamos de los estudiantes.
8. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre las lesiones a sus derechos, y que las formule cualquier persona de la comunidad, sobre el cumplimiento de las obligaciones de los estudiantes siguiendo el conducto regular que se propone en este manual.
9. Presentar ante la Rectora, las solicitudes de oficio y/o la petición que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes, y facilitar el cumplimiento de los deberes.
10. Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo.

11. Velar por el cumplimiento del Manual de Convivencia o Reglamento de la Institución Educativa El Salvador.


Artículo 63 º CONSEJO DE ESTUDIANTES:

Se establece en la Institución Educativa El Salvador el Consejo de Estudiantes, tal como lo propone la Ley, haciendo uso de la autonomía escolar que confiere la Ley 115 de 1994, estará integrado por un vocero de cada grado, elegido por los compañeros de curso por votación secreta, y de acuerdo a los requisitos aquí fijados:
• Aceptar la Filosofía de la Institución Educativa el Salvador y cumplir a cabalidad su Reglamento o Manual de Convivencia.
• Tener buen rendimiento académico y disciplinario.
• Tener como mínimo un (1) año en la Institución.
PARÁGRAFO: El Personero del Consejo Estudiantil será el representante ante el Consejo Directivo.

FUNCIONES DEL CONSEJO DE ESTUDIANES:
Corresponde al Consejo de Estudiantes:
1. Darse su propia organización interna, en acompañamiento del profesor(a) coordinador del proyecto Cívico Político.
2. Promover la participación de los estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil.
3. Recibir asesoría del profesor(a) que dirige el Proyecto Cívico Político de la Institución.
4. Velar por el cumplimiento del Manual de Convivencia o Reglamento de la Institución.
5. Ser los inmediatos colaboradores de los(as) docentes.
6. Llevar la vocería del grupo en asuntos pertinentes.

PARÁGRAFO: El o la estudiante que no cumpla sus funciones como persona integrante del Consejo o cometa falta grave, se le aplicará la Revocatoria de mandato que consiste en quitarle el cargo que desempeña y nombrar a otro estudiante que lo represente.


Artículo 64 º MONITORES
Para fomentar el liderazgo en la Institución Educativa El Salvador se establece la Monitoría para todas las áreas.
PARÁGRAFO 1: Los monitores serán propuestos por los estudiantes y elegidos por los(as) docentes.
Las funciones académicas son:
1. Prestar colaboración directa con el profesor(a) del área.
2. Llevar la vocería del grupo ante el profesor(a) en asuntos relacionados con la materia.
3. Liderar las actividades en caso de ausencia del profesor(a).
4. Ser facilitador del material didáctico.
5. Apoyar al profesor(a) en la organización y orientación de grupos de trabajo.
6. Sugerir al profesor actividades que ayuden a hacer más dinámicas las clases.
7. Colaborar con el o la profesor(a), haciendo el registro de inasistencia a clase y de cumplimiento de tareas.
PARÁGRAFO 2: La Monitoría tendrá la duración de un período académico (bimestre) y con derecho a reelección.




CAPITULO VIII

SERVICIOS DE APOYO EDUCATIVO
La institución educativa el salvador tiene espacios pedagógicos que sirven de apoyo al proceso de enseñanza y con efecto en el aprendizaje y para los cuales se crearon.


Artículo 65 ºCRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA CONVIVENCIA EN LOS DIFERENTES ESPACIOS FORMATIVOS DE LA INSTITUCIÓN.


 CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA CONVIVENCIA EN EL AULA MÚLTIPLE.

1. El educador debe solicitar con anticipación el espacio, (Mínimo un día antes)
2. Terminada la actividad el espacio debe quedar en perfectas condiciones de aseo.
3. Los estudiantes deben usar este espacio, siempre en compañía del o la educador(a).
4. Cuidar el mobiliario de este espacio.
5. El educador debe solicitar los elementos de ayudas didácticas, con anticipación y firmar decibo.
6. Debe presentar un plan de trabajo donde registre los logros a
obtener.


 CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA CONVIVENCIA EN LA TIENDA ESCOLAR.

1. El servicio se debe prestar únicamente en horas de descanso.
2. Demostrar actitudes de respeto, organización y buenos modales al solicitar el servicio.
3. Dejar Las instalaciones y alrededores de la tienda escolar limpia y organizada.
4. arrojar las basuras en los respectivos recipientes.
5. En la tienda no se permite vender chicles.
6. Se debe hacer la fila y esperar el turno sin atropellar al compañero que este adelante.
7. En este espacio siempre debe haber un docente realizando el acompañamiento.
8. Comportarse de acuerdo a las directrices del Manual del Convivencia,

 CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA CONVIVENCIA EN LA SALA DE COMPUTADORES.
Para utilizar los equipos se debe tener en cuenta:

1. Asistir a la sala en el horario indicado y en compañía del respectivo educador(a).
2. Utilizar un tono de voz moderado para permitir el desarrollo adecuado de las actividades.
3. Abstenerse de realizar actividades que deterioren el lugar.
4. No consumir y/o beber alimentos dentro de la sala.
5. Evitar llevar disquete a la sala sin autorización del o la Educador(a).
6. Respetar el equipo asignado por el o la docente.
7. Evitar llevar a la sala implementos diferentes a los requeridos por el o la docente.
8. Dejar la sala limpia y en completo orden.
9. Guiarse por el reglamento interno de la sala de informática.
10. Todo daño debe ser pagado por el estudiante o los estudiantes que lo hacen.
11. Orientarse por el Manual de convivencia para el comportamiento en la sala de informática.
12. El acceso a la sala, solamente lo pueden hacer los educadores autorizados por el rector y que tengan el código de Alarmar.
13. La sala de informática solamente será utilizada para el desarrollo de programas de interés para la institución y por el personal de la institución: educadores, estudiantes y la administración, de ninguna manera se le prestará a otras personas, así sean de la comunidad.
14. Mientras se está desarrollando la clase la administración podrá utilizar el Internet, pero sin interferir en su desarrollo.
15. El educador debe llevar la clase preparada, teniendo en cuenta: logros, saberes, competencias desempeños y actividades.

 CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA UTILIZACIÓN DEL RESTAURANTE ESCOLAR.

1. Ingresar al lugar en orden y con su respectivo ficho.
2. mantener una actitud de respeto por los enseres y utensilios asignados para el consumo de alimentos.
3. Respetar el turno y a las personas que sirven con agrado el alimento.
4. Lavarse las manos y la cara si es preciso para ingresar al restaurante.
5. Aprender a utilizar los utensilios de manera correcta y comportarse de la mejor manera.
6. Prohibido jugar con los alimentos, desperdiciarlos y hablar con la boca llena.
7. Dar gracias a dios por el beneficio recibido.
8. Agradecer a las personas que nos colaboran con la preparación de los alimentos.
9. No alzar la voz ni gritar dentro o afuera mientras se hace la fila.

 CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA UTILIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DE HIGIENE.

1. Dar un buen trato a cada servicio utilizado.
2. Vaciar el sanitario al utilizarlo
3. Lavarse las manos antes de salir
4. Utilizar racionalmente el papel higiénico.
5. Abstenerse de jugar con agua, con las puertas, con el papel o con el jabón de uso exclusivo para el servicio higiénico
6. Respetar el lugar y así mismo a los (as) que ingresan allí.
7. dar un trato cortés y delicado a las personas con las cuales se encuentren en este lugar.


 CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA CONVIVENCIA EN LA ZONA DE DESCANSO Y DE ENCUENTROS DEPORTIVOS.

1. Dar un trato cortes y respetuoso a los (as) compañeros(as) con quienes se comparte la actividad y al docente que dirige la clase.
2. Evitar con correr sin prever accidentes.
3. Evitar juegos en los que se tiran agua o bolis.
4. En las horas de descanso evitar jugar con pelotas para prevenir accidentes.
5. Cuidar los elementos de uso deportivo.
6. Si se utiliza una zona diferente a la escolar como el parque la Asomadera. Evitar retirarse a espacios en donde el docente no pueda estar a su cuidado, evitar hablar con desconocidos y alejarse del grupo, el hecho que este por fuera de la institución no le permite fumar ,ni tomar licor, si esto sucede esta atentando contra el Manual de Convivencia Institucional.
7. Respetar las reglas de juego y deportivas que asigne el educador de Educación Física o docente encargado.


 CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA CONVIVENCIA EN AULA DE CLASE.

1. Cuidar los muebles y recursos didácticos que sean utilizados para el aprendizaje.
2. Abstenerse de rayar los muebles de uso pedagógico para cada estudiante.
3. Abstenerse de colocar los pies en las rejillas de utilidad para los libros y cuadernos.
4. Responder por los daños que ocasione el abuso en la utilización de los muebles y recursos de la Institución Educativa El Salvador.
5. Abstenerse de sentarse en el brazo de la silla de utilidad sólo para el cuaderno o libros, igualmente en el pupitre del docente.
6. Levantar la silla con cuidado, cada vez que requiera cambio de puesto, arrastrarla implica desajustes en el mueble y su deterioro.
7. Tratar bien los materiales para el aseo de este lugar.
8. Evitar jugar o mal gastar las tizas.
9. Evitar levantar el polvo de la tiza sacudiendo los borradores en el aula.
10. Mantener este sitio en completo orden y aseo
11. El educador debe llegar al aula con la clase preparada desde:
Su proyecto de área con logros, saberes, competencias, actividades y desempeños.
12. Estrategias metodológicas para el manejo de la disciplina.
13. Debe tener claro el esquema de evaluación.
14. La organización de la clase debe tener como referentes las herramientas Administrativas orientadas por la administración, siendo la principal el proyecto de área y el plan de aula.
15. Por ninguna razón el educador debe abandonar la clase o estar por fuera del salón.



 CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA CONVIVENCIA Y UTILIZACIÓN DE LA BIBLIOTECA.

La Biblioteca es el recinto especial de consulta y estudio donde se observan las siguientes reglas:
1. Al ingresar a la Biblioteca se guarda estricto silencio y compostura académica, no se entran morrales o similares.
2. El material consultado debe dejarse sobre la mesa.
3. Al retirarse de la Biblioteca, los usuarios se someten a revisión.
4. Los usuarios no harán préstamos de otros objetos que están en la biblioteca.
5. No ingerir alimentos dentro de la Biblioteca.
6. Prohibido el ingreso de radios, grabadoras, ni de ningún elemento distractor que perturbe el silencio.
7. Todo usuario debe cuidar el material bibliográfico y en general de todo el material de la biblioteca.
8. Los Padres de Familia pueden utilizar la biblioteca siguiendo las normas prescritas.
9. Todo estudiante debe responder por el material que dañe o haga perder.
10. Los educadores deben pasar con anticipación el cronograma del uso de la biblioteca una semana antes con las actividades debidamente preparadas
11. El educador debe estar presente en todo momento, en el desarrollo de las actividades de lectura.

PRÉSTAMO DE LIBROS:

1. El material en préstamo debe ser retirado dejando el carné en depósito y devuelto personalmente a la bibliotecaria, quien registrará la devolución en el libro o ficha correspondiente.
2. La bibliotecaria realizará una revisión estricta del material, tanto en el momento del préstamo como en el de su devolución.
3. Simultáneamente se pueden retirar hasta dos (3) libros.
4. Se puede renovar el préstamo tantas veces sea necesario, siempre y cuando se presente previamente el material y no exista una reservación hecha por otro usuario.
5. El tiempo del préstamo es el siguiente:
 Libros de colección general: Ocho (8) días.
 Revistas, documentos: Tres (3) días
 Textos de estudio: Tres (3) días
6. El préstamo del material cuya entrega está vencida, no es renovable.
7. Si el material que se solicita está prestado, se debe reservar para suministro posterior. Si no se reclama en la fecha indicada, se pierde el turno.
8. Las Enciclopedias, Diccionarios enciclopédicos, libros especializados, se prestan únicamente para consultar dentro de la biblioteca.
9.
SANCIONES PARA LOS USUARIOS DE LA BIBLIOTECA:

1. Los usuarios que se retrasen en la devolución del material bibliográfico, serán sancionados con la suspensión del préstamo por un período doble al retraso, es decir, si se demora una semana, no tendrá derecho a retirar libros durante dos (2) semanas después de entregarlos, y pagará una multa, por día de retraso. (La multa la asigna el Consejo Directivo).
2. Los usuarios que mutilen y/o deterioren el material bibliográfico, los enseres de la Biblioteca y demás elementos de la misma, deben responder por el daño según lo estipule el costo del objeto adquirido, y pierden el derecho al uso de la Biblioteca y sus servicios, si se comprueba que el daño fue voluntario.
3. En caso de pérdida y extravío de un libro el usuario deberá adquirirlo o cancelar su valor comercial.





 HIGIENE Y CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA CONVIVENCIA Y UTILIZACIÓN DE LOS BIENES PERSONALES Y COLECTIVOS.

REGLAS DE HIGIENE Y SALUD PUBLICA:

Dentro de la institución educativa el Salvador, está prohibido fumar.

A. RESPECTO A LOS O LAS ESTUDIANTES:
1. Cada estudiante debe portar el uniforme en perfecta limpieza. No deben llevar joyas ni adornos, ni elementos estrafalarios que no combinen con el color del uniforme. No se admite maquillaje para las mujeres y en los hombres no se admiten tatuajes estrafalarios o impactantes, ni aretes, ni artículos que dañen la imagen del uniforme.
2. Los bolsos y/o las maletas escolares deben estar en perfecta limpieza, sin letreros y adornos hechos por los estudiantes.
3. Cuando un estudiante presente síntomas de enfermedades graves o virus que pueden contagiar a sus compañeros, deben tomar una incapacidad mínimo entre tres días y ocho días autorizadas por el médico según sea el caso.
4. Cuando un estudiante presente indisposición para sus clases por supuesta enfermedad, será remitido a Coordinación quien valora el caso y si es necesario llamar al padre de familia y permitir su salida inmediata.
5. El o la Estudiante debe pertenecer a una EPS.

6. No escupir en el suelo ni humedecer los dedos con saliva para pasar las hojas del libro o cuaderno.

7. No exponerse a peligros, sentándose en pasamanos, ventanas o muros y evitar movilizarse atropellando corriendo por las escaleras o jugando bruscamente.

8. Evitar juegos con instalaciones eléctricas, ventiladores, agua, envases, herramientas y materiales de laboratorio.

9. Acatar las instrucciones y recomendaciones para manejo de equipos reactivos, deportes, gimnasia y emergencias.

10. Propiciar y mantener la institución limpia, no arrojar basuras al piso y practicar la cultura del reciclaje.

11. Usar correctamente los pañuelos y servilletas. Evitar utilizar los dedos para limpiar los ojos dientes o nariz.

12. Aseo diario cuantas veces sea necesario de cuerpo manos y pies. Cabello limpio, bien peinado, evitando modas que riñen con nuestra identidad cultural y en el entorno social.

B. RESPECTO A LOS EDUCADORES Y EMPLEADOS:
1. Los docentes procurarán mantener limpio y aseado su lugar de trabajo (sala de profesores, escritorios, aula de clase) y los Coordinadores de curso velarán porque cada día, el salón que le corresponde quede en completo orden y aseo.
2. Los docentes vestirán de manera presentable y los empleados portarán el uniforme en perfectas condiciones en orden, aseo y presentación personal.
3. Cuando un docente o empleado de la Institución se enferme ya sea de gravedad o por virosis común (gripa, dengue, conjuntivitis, etc.), su inasistencia al plantel tiene que ser justificada por el Seguro Social o la EPS correspondiente donde fue afiliado(a). O por una entidad responsable como EMI.
4.
C. NIVEL GENERAL:
1. Cada semana se revisará el aseo personal de cada estudiante. Esto lo hará el coordinador de grupo. Quien presente desaseo personal permanente será remitido a la Coordinación, quien informa al padre de familia sobre esta anomalía. De reincidir en la falta, se le hará una anotación por escrito en el informe académico.
2. Cada período académico, la Coordinación, organizará campañas de orden y aseo personal que bien pueden ser a nivel grupal o institucional.
3. Ninguna persona de la Institución puede recetar a los estudiantes en caso de malestar o enfermedad (cólicos, gripas, mareos, dolor de cabeza, vómito, etc.). Y estos no pueden pedir droga sin previa autorización de Coordinación.
4. Por ser la institución un lugar público (donde se imparte educación a muchos estudiantes de diferentes edades) se prohíbe el porte, uso y consumo de estupefacientes y sustancias psicotrópicas de conformidad con el Decreto No. 1108 de 1994. En caso de que esto suceda por algún miembro de la comunidad educativa, se le hará su respectivo proceso. Ver el Capítulo IV de este Manual para lo que respecta a estudiantes.
5. Se prohíbe a todos los empleados de la Institución presentarse al sitio de trabajo bajo el influjo del alcohol, estupefacientes o sustancias Psicotrópicas, consumirlas o incitarlas a consumirlas en dicho sitio. La violación de esta prohibición constituirá justa causa para la terminación unilateral del Contrato de Trabajo por parte del patrono, según lo dispuesto por el Numeral 11 del Artículo 62 del Código Sustantivo del trabajo.
6. Los padres de familia cuando asisten a cualquier reunión o acto cultural programado por la institución se les sugiere presentarse en forma adecuada (bermudas ni trajes de deporte).
7. La Institución a tiene que permanecer en perfecto estado de limpieza.
8. No conservar aguas detenidas.
9. Campañas periódicas para la conservación del medio ambiente.

 CRITERIOS PEDAGÓGICOS DE RESPETO, VALORACIÓN Y COMPROMISO FRENTE A LA UTILIZACIÓN Y CONSERVACIÓN DE LOS BIENES PERSONALES Y DE USO COLECTIVO.


A. CON RELACION A LOS ESTUDIANTES:
1. Todo(a) estudiante que dañe los útiles de trabajo de su propiedad o la de sus compañeros(as) será sancionado con una ficha disciplinaria que la hará el profesor(a) que presencie la falta, esta será firmada por su acudiente.
2. El o la estudiante que deje tirado sus pertenencias, pasados ocho días, serán puestas en subasta para estudiantes pobres de la institución educativa el salvador.
3. Quien deteriore (escribir, rayar, dañar) muebles o enseres de la Institución como pupitres, sillas, mesas, grabadoras, computadores, vidrios, materas, puertas, chapas, paredes, muros, teléfono, etc, los costos de los arreglos de estos elementos correrán por cuenta del o la estudiantes. Si estos costos no se cancelan durante el año, no se le entregará el Paz y Salvo.


PARÁGRAFO: Los estudiantes que no cumplan con lo establecido anteriormente con los criterios pedagógicos para la convivencia y utilización de los servicios educativos, su actitud tendrá un calificativo de grave y se utilizara lo establecido en el manual de convivencia para modificar este comportamiento inadecuado.


CAPITULO IX
LOS UNIFORMES

Artículo 66º. ADOPCIÓN DEL UNIFORME DE DIARIO:
Los estudiantes continuaran con los uniformes que le corresponde a las dos sedes que conforman actualmente la Institución Educativa El Salvador, Hasta que la Secretaria de Educación asigne el estilo del uniforme único que tendrán los estudiantes de la ciudad de Medellín.
A. PARA LAS MUJERES:
10. Un JOOMPER de paño según modelo la Institución Educativa El Salvador o la escuela José de san Martín.
11. Debe tapar la rodilla.
12. Una CAMISA BLANCA de dacrón manga corta, cuello sport. En la Institución Educativa El Salvador y de dacrón con bolitas azul oscura en la sede de la Escuela José de San Martín
13. ZAPATOS NEGROS en cuero y de atadura estilo colegial.
14. MEDIAS de color blanco estilo colegial.

B. PARA LOS HOMBRES:
15. JEAN AZUL CLÁSICO, no de marca, azul intermedio con proceso Bleach ( tratar de conservar el color). El Jean será largo para todos.
16. CAMISETA DE FRANELA O CAMISA, color blanco con escudo de la Institución Educativa El Salvador, estampado, cuello abierto al frente con tres botones .En el caso del bachillerato camisa o camiseta blanca , sin logotipos o dibujos de ninguna clase.
17. CORREA NEGRA.
18. ZAPATO NEGRO en cuero o tennis negro
19. MEDIA BLANCA.


Artículo 67º. ADOPCIÓN DEL UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA:
Establécese en la Institución el siguiente uniforme para la educación física y para utilizarse en jornadas y actos deportivos-recreativos.
El modelo es UNISEX (uso para hombre o mujer indistintamente) y conforma las siguientes prendas:
20. CAMISETA BLANCA, manga corta, estampado con escudo de la Institución.
21. SUDADERA AZUL OSCURO
22. TENIS BLANCO.
23. MEDIAS de color blanco.


CAPITULO X
MEDIOS DE COMUNICACIÓN

Artículo 68º. MEDIOS DE COMUNICACIÓN INTERNA:
Se establecen como medios de comunicación interna los siguientes:
1. Circulares a padres de familia: Información y programación.
2. Información semanal a través del micrófono.
3. Cuaderno de comunicaciones, para pre-escolar y primaria: Información personal a los Padres de Familia. Medio utilizado por los profesores o los estudiantes para citaciones, cada nota debe ser firmada por el que lo utiliza.
4. De uso de la comunidad educativa: El periódico de la Institución Educativa El Salvador será dirigido por el área de Idiomas.
5. La emisora de la institución
6. La parabólica del barrio.
7. Las acciones comunales.
8. El cuaderno comunicador de los dos coordinadores.
9. El cuaderno comunicador del rector.
10. Los memos de la secretaria.
11. Los memos de la rectoría.
12. La cartelera administrativa.





CAPITULO XI
SISTEMA DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

Artículo 69 º POLITICAS CURRICULARES INSTITUCIONALES

1. Integrar al sistema de educación formal propio de la Institución Educativa El Salvador a las oportunidades del medio enmarcadas en el concepto de Educación informal.
2. Crear oportunidades y espacios para que la vida de la estudiante y el estudiante penetre en la Institución Educativa El Salvador.
3. Aprovechar la televisión en su fortaleza, como una oportunidad formadora ya que en la TV. Hay muchos programas formativos.
4. Todas las áreas, deben trabajar al menos, un proyecto pedagógico. Este puede estar integrado entre varias Áreas y por estudiantes de uno o mas grados
5. Partir de la realidad nacional y global para desarrollar competencias prepositivas, argumentativas e interpretativas.
6. Centrarse en los aprendizajes significativos: Responder a las necesidades básicas, en torno a las dimensiones del desarrollo humano integral.
7. Desarrollar competencias que le permitan “Saber que hacer con lo que sabe”
8. Cada educador debe adoptar el modelo pedagógico en su aplicación permanente y reflejarlo en la práctica pedagógica diaria.
9. La metodología de establecer correlación entre el saber gestado en clase con la puesta en escena de estos saberes en actividades académico, como determinante del desarrollo de competencias, es un deber del educador y del estudiante que no se puede eludir.

Artículo 70 º. DEFINICIÓNES:

 LOGROS: son los avances que se consideran deseables, valiosos, necesarios, buenos en los procesos de desarrollo (establecidos por la Institución Educativa El Salvador ) de los y las estudiantes.

Comprenden: En el dominio del HACER: conocimientos.
En el dominio DE SABER HACER: habilidades, capacidades en el dominio del SER: comportamientos, actitudes.
Que deben alcanzar los y las estudiantes de un nivel o grado determinado en un área determinada, en su proceso de formación.

 ACTIVIDAD PEDAGÓGICA: Se refiere a una clase, actividad lúdica o proyecto pedagógico.

 COMPETENCIAS:
Estándares de Contenido (AREA DEL CONOCIMIENTO) descripciones claras, precisas, medibles de los conocimientos.
Estándares de Desempeño, de Habilidades, describen que clase de desempeño representa un logro: Sobresaliente, Aceptable o Inadecuado.

Artículo 71º. COMPETENCIAS EN EL AMBITO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA EL SALVADOR
• “Saber hacer, para ser mejores humana, y socialmente”
1. Competencias para vivir sanamente.
• Ser personas competitivas en el campo emocional. Ser feliz a pesar de ...
2. Competencias para favorecer la vida:
• Saber se comprometidos con el mejoramiento del medio ambiente.
3. Competencias para convivir con los demás.
4. Competencias para cada área.
5. Estándares para cada área.
6. Logros para cada área.
7. Acciones situadas para cada área.
8. Indicadores de desempeño para cada área.
9. Problemas para cada área
10. Indicadores de logro para cada área.
11. Saberes seleccionados pertinentes a los demás componentes del proyecto de área.
12. Desarrollar el proyecto de área en el marco del modelo pedagógico institucional.
13. Actividades seleccionadas de acuerdo a los logros, indicadores de logros, competencias y desempeños.


Artículo 72º. FUNCIONES DE LA EVALUACION
 Valorar los avances en la adquisición y aplicación del conocimiento
 Estimular el afianzamiento y apropiación de competencias, valores y actitudes.
 Propiciar a los(as) estudiantes el desarrollo de sus competencias, capacidades y habilidades.
 Contribuir a la Identificación de las características, intereses de desarrollo y formas de aprendizaje, personales institucionales y nacionales.
 Contribuir a la identificación de las limitaciones, dificultades para consolidar los logros del proceso formativo
 Identificar las potencialidades del estudiante, para ofrecer la oportunidad de aprender del acierto, del error, y de la experiencia.
 Generar información que sirva a la comunidad educativa en la toma de decisiones con el fin de mejorar el proceso educativo.
 Proporcionar a los educadores información que les permita afianzar o reorientar su práctica pedagógica.
 Determinar la obtención de los logros y en consecuencia, la promoción de los estudiantes en cada grado.
 Verificar desde los logros el desarrollo de las competencias.
 Desarrollar el currículo a través de indicadores de competencias y desempeños.



EVALUAR CON PARÁMETROS DE COMPETENCIAS DE ACUERDO A UN CURRÌCULO POR COMPETENCIAS.

EVALUAR DESDE LAS COMPETENCIAS... SIGNIFICA:

 Plantear Situaciones Problema. El estudiante debe proponer acciones o respuestas a las situaciones planteadas.

 Enfrentar Situaciones Problema Existentes.
Argumentar...plantear hipótesis... proponer soluciones... y comprometerse con acciones.

Solo en las acciones se sabe si el estudiante es o no competente.

Evaluar desde la competencia Argumentativa.
• Significa...evaluar sobre las acciones tendientes a comprender el sentido de....
• Interpretar el significado de los fenómenos....
• Establecer relaciones y vínculos de....

Evaluar desde la Competencia Argumentativa.
• Argumentar...proponer....


INDICADORES SOBRE PAZ Y MEDIO AMBIENTE

Dado que los Colombianos tenemos que hacernos competentes en dos indicadores de logros que el mundo entero nos esta reclamando, en todas las áreas y todos los proyectos deben desarrollar habilidades para:
 Aprender a convivir con los demás.
 Aprender a convivir con la naturaleza (medio ambiente.)
En consecuencia, todas las áreas deben elaborar indicadores de logros para estas dos competencias.
Según el decreto 230 y La escuela Transformadora.


INDICADORES DE LOGROS ESPERADOS

1. Criterios para verificar el logro de aprendizaje específico.
2. Un conjunto relacionado de logros, puede dar cuenta de las dimensiones del desarrollo humano: valores, actitudes, competencias, conocimientos...etc.
3. Son INDICIOS de que se están dando los procesos.
EVIDENCIAS representativas.
RASGOS observables del desempeño.
Se perciben. Todo profesional percibe, sus indicadores:
• Un mecánico, un conductor perciben por ruidos el daño de su carro.
• Un médico, percibe los síntomas o el estado de la enfermedad.
• Un ingeniero, percibe la tragedia.. si...se sigue agrietando el edificio.

INDICADORES DE LOGROS ALCANZADOS
Que permiten afirmar que el logro (Aquello Previsto) se ha alcanzado.

 EVALUACIÓN Verificar los logros alcanzados y contrastarlos con los logros esperados, Implica interpretar los indicadores.

 INTERPRETARLOS, significa leer los comportamientos, las pistas, los rasgos, las evidencias desde una concepción pedagógica. Esto no puede hacerse en 40 minutos de clase.

 LOS INDICADORES DE LOGROS SE REFIEREN A:
CRITERIOS QUE DEBEN TENERSE EN CUENTA PARA LA EVALUACION.

Además de los criterios establecidos anteriormente, debe tenerse en cuenta:
1. El desempeño social y emocional
2. Participación, desarrollo y desempeño en la elaboración de proyectos (Para estudiantes del grado 9º)
4. Participación en las diferentes actividades que programe la Institución Educativa El Salvador: en el campo lúdico, social, religioso, cultural, deportivo. (decreto 230).
5. Tres días antes de iniciarse el bimestre el educador debe darle a conocer al estudiante y al padre de familia lo logros que alcanzará terminado el bimestre y que deben coincidir con el proyecto de área.
6. Cada educador debe elaborar la estadística de rendimiento académico mediante gráficas, periodo por periodo y final. (Histogramas, polígonos, tortas)

7. Valoración en una escala de cinco categorías. (Decreto 230)

Artículo 73 º ACTIVIDADES PARA PROMOCION DE ESTUDIANTES.
Si al finalizar el año hay áreas o asignaturas no aprobadas, la Institución entrega un plan para que estudie en vacaciones y al iniciar el año, el estudiante presenta un examen.

Nº VALORACIÓN E SS A I D
1 Si desarrolla las competencias *
2 Si sabe aplicar los conocimientos. *
3 El estudiante es un líder transformador e integrador *
4 El estudiante propone y argumenta e interpreta. *
5 El estudiante da razón de los conocimientos, cumple con tareas, pero no los aplica a la vida diaria. *
6 El estudiante repite lo que aprende del profesor, pero no indaga , ni investiga. *
7 El estudiante viene a escuchar pero no participa, no trabaja en clase, ni cumple con sus responsabilidades. *
8 El estudiante se limita a ocupar un puesto. *
9 El estudiante no aplica los conocimientos, no cumple con las tareas y consultas asignadas, falta con regularidad a las clases, no responde a ningún tipo de evaluación *


VALORACION:
• PARA NO REPETIR GRADO: Excelente, Sobresaliente, Aceptable
• PARA REPETIR GRADO: Insuficiente, Deficiente


Artículo 74º: PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES:
El Decreto 230 establece que los motivos para la repetición de un grado son:
 Estudiantes con valoración final Insuficiente o Deficiente en tres o más áreas.
 Educandos que hayan obtenido valoración final Insuficiente o Deficiente en matemáticas y lenguaje durante dos o más grados consecutivos de la Educación Básica.
 Educandos que no hayan justificado su inasistencia a más de 25% de las actividades académicas del año escolar.

BOLETINES E INFORMES
1. El año escolar se divide en cuatro períodos. Los informes se consignan en 4 BOLETINES. que informarán el proceso seguido por el estudiante en un área y/o asignatura a lo largo de un período.
2. Una evaluación final: que emite el profesor(a), sobre el desempeño y proceso seguido por el estudiante en cada área, a lo largo del año lectivo. Se consigna en un Boletín final.
3. El informe, que se entrega a los padres y madres de familia o acudientes debe contener, fortalezas, recomendaciones, debilidades y obviamente las categorías que corresponden a su rendimiento y los indicadores de logros de acuerdo a lo planeado para el bimestre y que correspondan al proyecto de área conocido por estudiante.

 ACTORES DE LA EVALUACIÓN:

1 AUTOEVALUACION: Apreciaciones, valoraciones y juicios justificados por ser observables. Estas valoraciones deben ser sustentadas por el estudiante con hechos observables.
2 COEVALUACION: Todos los momentos vividos en LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA EL SALVADOR son observables y evaluables. Por eso TODOS Y TODAS LAS PROFESORAS(ES), están en el deber de interpretar los indicadores de logro y valorar las actitudes y comportamientos de cualquier estudiante.

3 HETEROEVALUACION: Todos los momentos vividos en la institución son observables y evaluables. Por eso TODOS Y TODAS LAS PROFESORAS(ES), están en el deber de interpretar los indicadores de logro y valorar las actitudes y comportamientos de cualquier estudiante. EN EL DESARROLLO EMOCIONAL Y SOCIAL DE LAS ACTIVIDADES LUDICAS, DEPORTIVAS, CULTURALES Y RELIGIOSAS, ETICAS, SEXUALES, CIUDADANAS QUE PLANEE LA INSTITUCIÓN. Todos los profesores emitirán juicios de valor. Los educadores realizarán evaluación continua, formulará apreciaciones cualitativas en torno al desarrollo integral y la evaluación de las áreas y las asignaturas.


Artículo 75. El área de Inglés, Física, Química y Tecnología serán tratadas como áreas independientes las demás áreas como las define la Ley 115 y el decreto 230.


Artículo 76 º. ACTIVIDADES PARA PROMOCION DE ESTUDIANTES.
1. Actividades de Nivelación: Son aquellas actividades propias del año que se esta cursando y que las programa el profesor de la materia durante el periodo académico, a los estudiantes que presenten dificultades en la consecución de logros académicos básicos establecidos para cada periodo, y que el estudiante debe realizar en la casa y/o en la Institución.
2. Actividades Complementarias: Son aquellas actividades programadas en junio y noviembre por la comisión de promoción para aquellos estudiantes que no superaron las actividades de nivelación periódicas del año en curso y continúan con insuficiencia de logros
3. Recuperación: Es la última oportunidad que confiere la comisión de promoción a estudiantes que persisten en logros al finalizar las actividades complementarias realizadas en el mes de noviembre. Esta actividad se realizará en enero una semana antes de iniciar.

PARÁGRAFO 1: Estudiante que no se presente a las actividades de nivelación y/o complementarias, no es convocado a actividades de recuperación.
PARÁGRAFO 2: Los estudiantes que no hayan aprobado los logros requeridos y que estén pasados de edad, según el Decreto 1860 y observen comportamiento inadecuado según este Manual de Convivencia, pierde el derecho a continuar en la Institución.


 CONDUCTO REGULAR: Estudiante – Profesor Asignatura – Director de Grupo – Coordinador – Rectora – Comisión de Evaluación y Promoción.
El Decreto 230 de febrero 11 de 2002 deroga los artículos 33, 37, 38 y 43 del Capítulo V y el Capítulo VI del Decreto 1860 del 3 de agosto de 1994; y el Decreto 1063 del 10 de junio de 1998.
• Reprobación en cualquiera de los grados
• Algunos criterios para reprobación
• Si al finalizar el año hay áreas o asignaturas no aprobadas, la institución entrega un plan para que estudiar en vacaciones y al iniciar el año, el estudiante presenta un examen.
Adicionalmente, se revisa la literatura sobre el tema, los esquemas en otros países y se recogen opiniones de educadores y expertos.
La evaluación de los estudiantes se realizará en cuatro períodos de igual duración, en los que se dividirá el año escolar. Al finalizar cada uno de los cuatro períodos, los padres de familia recibirán una información clara, concisa y comprensible, sobre el rendimiento de los estudiantes en cada área y dicha evaluación será formulada en términos comunes para todas las instituciones del país. Este informe incluirá las fortalezas y dificultades que haya presentado el estudiante y establecerá las recomendaciones y estrategias pertinentes.
La evaluación será continua e integral y tendrá que tomar en cuenta todas aquellas competencias, conocimientos y logros que haya definido el Plan de Estudios.
Al finalizar el año escolar se entregará a los padres un informe final, que incluye una evaluación integral del rendimiento del estudiante en cada área durante todo el año, y que tomará en cuenta el cumplimiento de las recomendaciones hechas para mejorar, sugeridas en períodos anteriores. “Esta quinta evaluación del año emite un juicio sobre el progreso del estudiante y no es simplemente un promedio de los cuatro períodos anteriores. Es decir, se mantiene la evaluación cualitativa de que habla el Decreto 1860”, subrayó el directivo del MEN.

Para un estudiante ser promovido tiene que haber aprobado todos los logros de todas las asignaturas.
Un estudiante reprueba el año cuando incurre en una de estas tres causales:
1. Cuando terminadas las actividades de recuperación realizadas en enero no ha alcanzado la recuperación total de los logros.
2. Cuando un estudiante haya dejado de asistir a las actividades pedagógicas por un periodo acumulado superior a la cuarta parte del plan previsto.


CONTENIDO DE LOS INFORMES:
Cada Institución es responsable de fijar y comunicar de antemano a su comunidad educativa, la definición institucional de estos términos:
• Valoración: Excelente, Sobresaliente, Aceptable, Insuficiente, Deficiente de acuerdo con las metas de calidad de su plan de estudios.
• Describe Fortalezas y debilidades.
• Sugerencias y recomendaciones.


VALORACION:
• Para no repetir grado: Excelente, Sobresaliente, Aceptable
• Para repetir grado: Insuficiente, Deficiente


El Decreto 230 establece que los motivos para la repetición de un grado son:
• Estudiantes con valoración final Insuficiente o Deficiente en tres o más áreas.
• Educandos que hayan obtenido valoración final Insuficiente o Deficiente en matemáticas y lenguaje durante dos o más grados consecutivos de la Educación Básica.
• Educandos que no hayan justificado su inasistencia a más de 25% de las actividades académicas del año escolar.

Artículo 77 º: PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES:
Para un estudiante ser promovido tiene que haber aprobado todos los logros de todas las asignaturas.
Un estudiante reprueba el año cuando incurre una de estas tres causales:
1. Cuando terminadas las actividades de recuperación realizadas en enero no ha alcanzado la recuperación total de los logros.
2. Cuando un estudiante haya dejado de asistir a las actividades pedagógicas por un periodo acumulado superior a la cuarta parte del plan previsto.



CAPITULO XII

REGLAMENTO DE LOS DOCENTES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA EL SALVADOR

Acorde con las disposiciones legales del decreto 1860 en su artículo 14, se presenta un reglamento docente, que señala los parámetros de participación, formación intelectual, personal y profesional de los docentes con miras a lograr la calidad integral, mediante la excelencia de los docentes en la Institución, para la realización del proyecto educativo Institucional.


Artículo 66º. FUNCIONES
Son funciones del Docente:

1. Participar en la organización del planeamiento y programación de las actividades de la respectiva área.
2. Programar y organizar las actividades de enseñanza – aprendizaje y las complementarias de las áreas a su cargo, de acuerdo con los criterios establecidos en la programación a nivel de área.
3. Dirigir y orientar las actividades de los(as) estudiantes para lograr el desarrollo de su personalidad y darles el tratamiento y ejemplo formativo.
4. Participar en las realizaciones de las actividades complementarias.
5. Controlar y evaluar la ejecución de las actividades del proceso enseñanza – aprendizaje.
6. Aplicar correctamente, en coordinación con el Jefe de Área o el Coordinador General, las estrategias metodológicas a que dé lugar el análisis de resultados de la evaluación.
7. Presentar al jefe de área, o al Coordinador General el rendimiento académico de los(as) estudiantes a su cargo, al término de cada uno de los períodos, certificando las calificaciones con su firma.
8. Participar en la administración de los estudiantes conforme lo determine el reglamento de la institución y presentar los casos especiales al director(a) de grupo, coordinador general para su tratamiento.
9. Presentar los informes al Coordinador General o a la rectora, sobre el desarrollo de las actividades a su cargo.
10. Ejercerla dirección de grupo cuando le sea asignada.
11. Participar en los Comités que sea requerido.
12. cumplir con los turnos de vigilancia y orientación que le sean asignados.
13. Participar en los actos de comunidad y asistir a las reuniones convocadas por las directivas de la Institución Educativa el Salvador.
14. Cumplir la jornada laboral y la asignación académica de acuerdo, a las normas vigentes.
15. Atender a los padres de familia, de acuerdo con el horario establecido en la institución.
16. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales a su cargo.
17. Cumplir con las funciones que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza de su cargo.


Artículo 67º DIRECTOR(A) DE GRUPO:

Es el o la profesor(a) encargado de administrar y dirigir su grupo, fundamentalmente en los deberes de la institución. Es responsable de la buena marcha del grupo, tanto en lo disciplinario como en el académico.

Estas son sus funciones:

1. Participar en el planeamiento y programación de la administración, teniendo en cuenta sus condiciones socio-académicas, características personales y necesidades especificas.
2. Ejecutar el programa de inducción de los(as) estudiantes del grupo confiado a su dirección.
3. Orientar a los(as) estudiantes en la toma de decisiones sobre el comportamiento y aprovechamiento académico.
4. Ejecutar acciones de carácter formativo y hacer seguimiento de sus efectos en los estudiantes.
5. Promover el análisis de las situaciones conflictivas de los(as) estudiantes y lograr, en coordinación con otros estamentos, las soluciones más acertadas.
6. Establecer comunicación permanente con los profesores y padres de familia o acudiente, para coordinar la acción educativa.
7. Diligenciar las fichas de registro, control y seguimiento diario de los(as) estudiantes del grupo que esta a su cargo.
8. Participar en los programas de bienestar para los estudiantes del grupo a su cargo.
9. rendir periódicamente informe de las actividades y programas realizadas a los coordinadores de la institución.

PERFIL DEL JEFE DE ÁREA:
1. Persona que demuestre asumir y respeta la Filosofía la Institución Educativa El Salvador.
2. En sus actuaciones demuestra ética profesional.
3. Demuestra interés por la formación académica del estudiantado.
4. Persona competente, profesional de su área.
5. Se muestra interesado por su propia autoformación.

Articulo 68º . DERECHOS, ESTÍMULOS, DEBERES, PROHIBICIONES Y REGIMEN DISCIPLINARIO DE LOS(AS) EDUCADORES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA EL SALVADOR.

. DERECHOS: Los fundamentales están consagrados en la Constitución Política de Colombia de 1991, decreto No. 2277 de 1979 ( estatuto docente ), ley 115 de 1994 y el decreto 714 de el código único disciplinario

. ESTÍMULOS: Están consagrados en el Capitulo V, articulo 36 y siguientes del Decreto 1278 de 2002 ( Estatuto Docente ), Premio COMPARTIR del Educador y los demás que para caso especifico establezca la institución educativa El salvador.

. DEBERES: Están consagrados en el decreto 1278 del 2002
. PROHIBICIONES: Están consagrados en el decreto 1278 del 2002
. MALA CONDUCTA E INEFICIENCIA PROFESIONAL en el decreto 1278 del 2002

CAUSALES DE LA MALA CONDUCTA: Los siguientes hechos debidamente comprobados constituyen causales de mala conducta.

a. La asistencia habitual al sitio de trabajo en estado de embriaguez o la toxicomanía.
b. El homosexualismo o la práctica de aberraciones sexuales.
c. La malversación de fondos y bienes escolares o cooperativos.
d. El trafico de calificaciones, certificados de estudio, de trabajo o documentos públicos.
e. La aplicación de castigos denigrantes o físicos a los educandos.
f. El incumplimiento sistemático de los deberes y la violación reiterada de las prohibiciones.
g. El ser condenado por delito o delitos dolorosos.
h. El uso de documentos o informaciones falsas para la inscripción o ascenso en el escalafón, o para obtener nombramientos, traslados, licencias o comisiones.
i. La utilización de la cátedra para hacer proselitismo político.
j. El abandono del cargo.

 ABANDONO DEL CARGO: Decreto 1278 del 2002

El abandono del cargo se produce cuando el o la docente sin justa causa, no reasume sus funciones dentro de los tres días siguientes al vencimiento de una licencia; una comisión de las vacaciones reglamentarias; cuando deja de concurrir al trabajo por tres (3) días consecutivos; cuando en caso de renuncia hace dejación del cargo antes de que se le autorice para separarse del mismo o antes de transcurridos quince (15) días después de presentada y cuando no asume el cargo dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha en que se le comunique un traslado. En estos casos la autoridad nominadora, sin concepto previo a la respectiva junta de escalafón, presumirá el abandono del cargo y podrá decretar la suspensión provisional del o la docente mientras la junta decide sobre la sanción definitiva de acuerdo a los plazos establecidos en el artículo 53 del presente decreto.

 PROCESO DISCIPLINARIO.

El estado reglamenta la conducta de los servidores públicos, sena estos de libre nombramiento y remoción o se encuentren escalofonados como en el caso de los(as) docentes y sancionara con actos incompatibles con sus obligaciones y con la dignidad que implica el ejercicio de las funciones publicas.

El régimen disciplinario es el medio jurídico señalado en la ley para sancionar las faltas cometidas en el servicio por los(as) educadores(as) o directivos docentes y tiene como principal objetivo la eficiencia en la prestación de los servicios.

Los educadores y directivos docentes que infrinjan los deberes y prohibiciones señalados en el decreto 1278 del 2002 y el 714 del código único disciplinario.
Serán objetos de acción disciplinaria y se les iniciara el procedimiento señalado en el código único disciplinario.

 OBLIGATORIEDAD DE LA QUEJA
El servidor público que de cualquier manera se entere de la ocurrencia de un hecho que constituya falta disciplinaria deberá ponerlo en conocimiento del funcionario competente suministrando toda la información y pruebas que tuviere.
Si los hechos, materia de la investigación disciplinaria pudiere constituir delitos perseguibles e oficio, deberán ser puestos en conocimiento de la autoridad competente remitiéndole los elementos probatorios que correspondan, tan pronto como de la prueba recaudada pueda fundadamente llegarse a esta conclusión.

 COMPETENCIA. Corresponde al jefe inmediato del o la investigado(a), cuando la falta sea leve, fallar el proceso en única instancia (competencia funcional).
El jefe inmediato es el competente para adelantar la investigación disciplinaria y fallar el respectivo proceso, cuando uno de los subalternos cometan una falta calificada como leve.

Para determinar la gravedad o la levedad de la falta existen varios criterios los cuales se encuentran consagrados en el Código único Disciplinario:
1. El grado de culpabilidad.
2. El grado de perturbación del servicio.
3. La naturaleza esencial del servicio.
4. La falta de consideración para con los administrados.
5. La reiteración de la conducta.
6. La jerarquía y mando que el servidor público tenga en la respectiva institución.
7. La naturaleza y efecto de la falta, las modalidades y circunstancias de hecho, los motivos determinantes teniendo en cuenta entre otros, los siguientes criterios:
a) La naturaleza de la falta y sus efectos que apreciarán según la trascendencia social de la misma, el mal ejemplo dado, la complicidad con subalternos y el perjuicio causado.
b) Las modalidades o circunstancias de la falta se apreciarán teniendo en cuenta su cuidados preparación, el grado de participación en la comisión de la misma y el aprovechamiento de la confianza depositada en el agente.
c) Los motivos determinantes se apreciarán según se haya procedido por causas innobles o fútiles o por nobles y altruistas.
d) La demostrada diligencia y eficiencia en el desempeño de la función pública.
e) Haber sido inducido por un superior a cometerla.
f) El confesar la falta antes de la formulación de cargos.
g) Procurar, por iniciativa propia, resarcir el daño o compensar el prejuicio causado, antes de que le sea impuesta la sanción.
h) Cometer la falta en estado de ofuscación originado en circunstancias o condiciones de difícil prevención y gravedad extrema, comprobada debidamente.

 SANCIONES.

Sanciones por faltas leves:

a) Amonestación escrita con anotación en la hoja de vida.
b) Multa hasta (10) diez días del salario devengado en el momento de cometer la falta, con la correspondiente indexación.




 PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO DE LOS EDUCADORES.

Los docentes que incumplan los deberes o violen las prohibiciones consagradas en el Estatuto Docente y el código disciplinario único se harán acreedores al procedimiento disciplinario señalados en estas normas.

 SANCIONES POR MALA CONDUCTA.

Los docentes que incurran en las casuales de mala conducta, establecidas por el Escalafón Docente, se harán acreedores a las siguientes sanciones:

1. Aplazamiento del ascenso en el escalafón por un término de seis a doce meses.
2. Suspensión del escalafón hasta por seis meses que ocasiona la pérdida de los derechos y garantías de la carrera docente, por el término de la suspensión y la pérdida del tiempo de suspensión para efectos de ascenso en el escalafón.
3. Exclusión del escalafón que determine la destitución del cargo.

Estas sanciones serán impuestas por la respectiva Junta Seccional e Escalafón, la cual dará aviso inmediato a la autoridad nominadora para que dicte la providencia correspondiente.

Las faltas de mala conducta para efectos de la sanción se calificarán como graves o leves, atendiendo a su naturaleza y sus efectos, las modalidades y circunstancias del hecho, los motivos determinantes y los antecedentes del infractor.

 TRAMITE DE INEFICIENCIA PROFESIONAL Y DESTITUCIONES.

Según el Artículo 51 del Estatuto Docente, corresponde al inmediato superior docente del educador, pasar informe a la División de Personal, previa comprobación de la ineficiencia.

La acción disciplinaria procede cuando la autoridad nominadora, mediante solicitud motivada, informa que el o la educador(a) ha sido sancionado con amonestación por escrito y éste persiste en la ineficiencia.

El Estatuto Docente define la ineficiencia profesional como ¨ las serias deficiencias que demuestra el o la educador(a) en la transmisión de los conocimientos de su especialidad o en el ejercicio de las funciones y responsabilidades inherentes del cargo.

 PERMISOS E INASISTENCIAS A LAS LABORES ACADÉMICAS.

Los permisos los concederá el coordinador general o la rectora de la institución y por escrito de acuerdo a las casuales de justificación que se invoquen: incapacidad médica, calamidad doméstica, fuerza mayor o caso fortuito.

Se entiende por incapacidad médica la otorga por un funcionario adscrito al consultorio médico de la entidad prestadora de los servicios u hospitales adscritos que le presten servicios médicos a los(as) educadores(as) como EMI, Susalud, Coomeva, Comfenalco, entre otras.

Se entiende por calamidad doméstica la muerte del cónyuge, ascendientes (padres), descendientes(hijos). En este caso se tiene derecho a permiso por tres días remunerados.
Para los demás casos se debe solicitar el respectivo permiso.

Se entiende por fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto al que no es posible resistir como el naufragio, terremoto, accidente, inundación, derrumbe, apresamientos, actos de autoridad ejercidos por un funcionario público.

El o la educador(a) que falte a sus labores sin permiso previo deberá justificarlos por escrito dentro los 3 días hábiles siguientes acompañado de prueba sumaria de la causal.

 INICIACIÓN DEL PROCESO VERBAL.

INICIO DEL PROCESO VERBAL.

Al darse inicio al proceso verbal disciplinario se comunicará a la Oficina Seccional de Escalafón, adscrita a la Secretaría de Educación y Culturas del Departamento de Antioquia y a la División de Registro y Control de la Procuraduría General de la Nación, con el fin de que se abstengan de abrir investigación disciplinaria por el mismo hecho.

 LA CITACIÓN A LA AUDIENCIA.

La citación a la audiencia se hará por auto motivado sobre la existencia de la causal que la origina, precisando el lugar, fecha y hora de su celebración, la cual no podrá realizarse ni antes de cinco (5) ni después de diez (10) días siguientes a la notificación al disciplinado o a su apoderado, lapso durante el cual el expediente permanecerá a su disposición en la secretaria del despacho que realiza el proceso el código único disciplinario.
Contra el auto que fija fecha para la celebración de la audiencia no procede recurso ninguno.

 LA SANCIÓN EN EL PROCESO VERBAL.

Si el proceso verbal termina con sanción, la misma debe comunicarse a la División de Registro y Control de la Procuraduría General de la Nación y el Nominador (quien paga la nómina) del disciplinado, una vez quede ejecutoriado el fallo (o sea, cuando se resuelva el recurso de reposición si el sancionado lo interpuso, o al día siguiente de notificado el fallo, si no interpuso el mencionado recurso).




CAPITULO XIII
REGLAMENTO INTERNO DE LOS EMPLEADOS DEL SERVICIO ADMINISTRATIVO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA EL SALVADOR.

Artículo 69 ºSECRETARIAS

Funciones:
o Realizar labores generales y asistenciales de oficina y colaborar en el desarrollo de las actividades administrativas del personal docente y administrativo del establecimiento educativo.
o Diligenciar los libros reglamentarios del establecimiento como calificaciones, matriculas, habilitaciones, admisiones, hojas de vida de profesores, empleados y actas de reuniones.
o Llevar la correspondencia oficial, archivo del establecimiento y elaborar resoluciones de acuerdo con las instrucciones impartidas.
o Expedir los certificados de estudio, tiempo de servicio, constancias y demás documentos que sean solicitados previo visto bueno de la Rector. El término legal de certificados y constancias es de 8 - 10 días hábiles.
o Efectuar el proceso de matriculas
o Refrendar con su firma las certificaciones expedidas por la Rector de la Institución.
o Atender llamadas telefónicas y el público en general.
o Sistematizar resoluciones, certificados, constancias, calificaciones y otros documentos que sean requeridos.
o Mantener actualizado el archivo del establecimiento educativo y conservar en buen estado la papelería que se utiliza para las diferentes actividades.
o Cumplir la jornada laboral legalmente establecida y permanecer dentro de la Institución.
o Ser muy ética y reservada con sus comentarios y con la Información Institucional.
o Brindar una orientación clara, coherente y precisa, cuando alguien pregunta sobre algo relacionado con su cargo.


Artículo 70 º CELADORES Y PORTEROS

El celador depende de las Directivas. Le corresponde realizar tareas de vigilancia de los bienes de la Institución.
Funciones:
1. Ejercer vigilancia en las áreas o zonas que le hayan asignado.
2. Controlar la entrada y salida de personas y objetos en la Institución.
3. Velar por la conservación y seguridad de los bienes Institucionales
4. Velar por el buen estado y conservación de los implementos de seguridad e informar oportunamente las anomalías detectadas.
5. Colaborar con la prevención y control de las situaciones de emergencia que se presenten.
6. Consignar en los registros de control las anomalías detectadas en sus turnos e informar oportunamente sobre las mismas a la rectora o Coordinador.
7. Cumplir la jornada laboral legalmente establecida y permanecer dentro de la Institución.
8. Evitar el ingreso de personas particulares a la Institución, sin previa autorización de la Rectora o el Coordinador.
9. No permitir la entrada y salida de estudiantes sin autorización del coordinador.
10. colaborar sacando las canecas de la basura, tener sentido de pertenencia con la Institución y colaborar para que esta se vea en perfecto orden.
11. Colaborar con el registro de los estudiantes que lleguen tarde a la Institución.
12. Brindar un trato respetuoso y cortes con las personas de la comunidad educativa(estudiantes, docentes, directivos y Padres de familia.)
13. Dar una información precisa y coherente cuando se le pregunte a cerca de los horarios de los estudiantes, uniformes, citas con los docentes, etc.
14. Ser muy ético y reservado con sus comentarios.
15. Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas, de acuerdo con la naturaleza de su cargo.


Artículo 71 ºASEADORAS
Dependen de las directivas Institucionales. Sus funciones son las consignadas en el articulo 25 de la resolución 13342 de 1982.

Funciones:

1. Responder por el aseo y cuidado de las zonas y áreas que le sean asignadas. (Por el momento por todo el aseo de la Institución)
2. Responder por los elementos utilizados para la ejecución de sus tareas.
3. Informar sobre cualquier novedad o sobre cualquier daño que le ocurran a los implementos que se le asignaron.
4. Informar a su superior inmediato sobre cualquier irregularidad que se presente con los estudiantes o docentes.
5. Cumplir con la jornada laboral, legalmente establecida.
6. Cuidar de su presentación personal
7. Velar para que los diferentes espacios Institucionales este siempre limpios, organizados y desinfectados.
8. Sostener un trato respetuoso y cortes con las personas de la comunidad educativa (estudiantes, docentes, directivos y Padres de familia.)
9. Ser muy ético y reservado con sus comentarios.
10. Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas, de acuerdo con la naturaleza de su cargo.



Cuidemos de nuestra Institución, el orden habla bien de ti.


Artículo 72 º ADMINISTRADORAS DEL RESTAURANTE ESCOLAR.
Mientras hayan refrigerios o almuerzos subvencionados por la Secretaria de Bienestar social y administrados directamente por comités internos o entidades gubernamentales o no gubernamentales, existirá un reglamento interno de trabajo y administración que presentará anualmente el Consejo Directivo para su aplicación.

1. Cuidar de su presentación personal
2. Responder por el aseo y cuidado de la zona del restaurante escolar.
3. Responder por los elementos utilizados para la ejecución de sus tareas.
4. Informar sobre cualquier novedad o sobre cualquier daño que le ocurran a los implementos que se le asignaron.
5. Informar a su superior inmediato sobre cualquier irregularidad que se presente con los estudiantes.
6. Preparar bien los alimentos con las instrucciones dadas por bienestar social.
7. Velar por el cuidado y buen uso de los alimentos
8. Procurar que los alimentos que se les ofrecen a los estudiantes se vean llamativos, con buena presentación e higiene.
9. Procurar que el ambiente en el restaurante sea agradable.
10. Organizar bien el mercado seleccionando los alimentos perecederos de los no perecederos.
11. Velar para que este lugar este siempre limpio, organizado y desinfectado.
12. Sostener un trato respetuoso y cortes con las personas de la comunidad educativa (estudiantes, docentes, directivos y Padres de familia).
13. Ser puntuales y organizadas a la hora de servir los alimentos.
14. Ser muy ético y reservado con sus comentarios.
15. Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas, de acuerdo con la naturaleza de su cargo y con el reglamento interno ya establecido.


Artículo 73º ADMINISTRACIÓN DE LA TIENDA ESCOLAR

Quien administra la tienda escolar debe cumplir con las siguientes funciones.

1. Dar un trato respetuoso y adecuado a todos los miembros de la Institución Educativa.
2. Atender todos los reclamos y solicitudes que le sean presentada.
3. Atender a los estudiantes sólo en las horas de descanso
4. Prestar servicio oportuno con precios favorables a los estudiantes.
5. Presentar variedad y calidad en los productos que ofrece.
6. Cumplir con lo pactado en el contrato de arrendamiento.
7. Mantener en un lugar visible el listado de precios, aprobado por la rector.
8. Ser puntuales y organizadas a la hora de vender para no ocasionar desorden en los estudiantes.
9. Ser muy ético(a) y reservado(a) con sus comentarios.
10. Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas, de acuerdo con la naturaleza de su cargo.









Si respetamos el turno, ganaremos tiempo.
En la Institución Educativa El salvador hacemos las cosas más fáciles.


















MANDAMIENTOS DEL ESTUDIANTE

DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA EL SALVADOR


1. Ama a tu Institución educativa, como a tu propio hogar:
2. Busca en el Salvador la razón de tu vida y hazlo tu compañero en el camino: “ cofia en Él y todas las cosas te saldrán bien.”
3. Cultiva tu mente y tu cuerpo, porque son un santuario de sabiduría. Aprende a ser, Aprende a convivir, Aprende a conocer , Aprende a hacer, Aprende a tener sentido de pertenencia por su institución, su familia y su comunidad.

4. Enaltece el nombre de la institución educativa el salvador por doquiera:” El hablar mal de ella, habla mal de ti.”
5. Cuida y ennoblece tu Institución para que luzca radiante y joven como tu propia persona. Recuerda que cada rincón habla de ti.
6. Lleva con dignidad el buen nombre de tu Institución. Cumpliendo fielmente sus nobles ideales y sus valores como :El amor, el respeto en todas sus dimensiones, la solidaridad, el servicio, la tolerancia, la comunicación ,el trabajo, la democracia, la responsabilidad, la fe, la gratitud , la creatividad, la ciencia, el dinamismo y por encima de todas las cosas autoestima, disciplina, compromiso y alegría.

7. Respeta a quien te enseñe, oye los consejos de tus superiores, acepta concientemente tus deberes y proclama con firmeza y prudencia tus derechos, todos los símbolos de tu Institución y de tu Patria.
8. Infunde y fomenta el compañerismo sano y honrado, y en él encontrarás la verdadera amistad.
9. Ennoblece y dan esplendor a tu personalidad: tu vocabulario y tus modales.
10. Mantén para tu Institución, compañeros(as) y maestros(as) sentimientos de entrañable gratitud. “ Tu Institución no termina el día que la dejas, sino que permanece aguardando tu regreso.”









EL BIEN GENERAL PRIMA




SOBRE EL BIEN PARTICULAR

Agradecimientos muy especiales a todas las personas que han colaborado en la reconstrucción de este Manual de Convivencia (Estudiantes, Docentes, Directivos y Padres de familia) y a la Comisión del Proyecto de participación Democrático conformado por:
• Emira López Romaña
• Gloria Elena Parra Ceballos
• Judith Esther Ossa Giraldo
• Doris Elena Otalvaro González

• Liliana Maria Durango Larada
• Siervo García Luengas
• David Obando
• Jhon Jader Marín
• Adriana Astrid Zapata Zapata
• Alberto Giraldo
• Elizabeth Correa.
• Fernando Ospina Y.
• Juan Carlos Muriel.

Gracias a la Dra. Magdalena Cartagena M. y el Dr. Juan Carlos Muriel Por aportarnos desde su saber y experiencia.

Cuando el trabajo se hace en equipo y con amor contribuye para que los seres humanos crezcan en el ámbito personal , profesional y las Instituciones sean cada vez más competentes.
La unión hace la fuerza.


Institución Educativa El Salvador.





BIBLIOGRAFIA




• Constitución Política de Colombia
• Ley 115 de 1994
• Decreto 1860 de 1994
• Decreto 1423 de 1993 (Conductas y disciplina)
• Decreto 1857 de 1994 (Fondo de Servicio Docentes)
• Circular 42 de 1994 (Conducta y disciplina)
• Ley de 1995
• Decreto 1130 de 1986
• Código del menor.
• Código único disciplinario 734
• Manual de convivencia de la escuela Municipal el Salvador
• Proyecto Educativo Institucional de la Escuela José de San Martín.
• Legislación escolar (departamento de Antioquia, Secretaria de Educación y Cultura.)
• Decreto 0230 del 11 de febrero de 2002.
• Decreto 1850 de 2002
• Sentencias del Consejo de Estado
• Decreto 2277 de 1979
• Decreto 1278
• Proyectos de área.
• Proyectos pedagógicos.
• Proyectos institucionales..
• Ley 715 de 21 de diciembre de 2001
• Resolución 2343 de 1996
• Proyectos pedagógicos.
• Decreto 1743de 1994. (PRAES)
• Ley 107 de 1994.
• Resolución Ministerial 03353 de 1993. Proyecto de Educación Sexual.
• Proyecto recreación, lúdica, deportes, recreación y uso del tiempo libre.
• Proyecto de ética.
• Proyecto de Democracia
• Proyecto de prevención de la drogadicción.
• Escuela de padres.
• Teatro.
• Danzas
• Porristas.





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